08
Ene
2014

Extravío de equipaje. Condenan a aerolínea a resarcir

Condenaron a una aerolínea a indemnizar a un pasajero cuyo equipaje fue extraviado al volver de su luna de miel. Consideraron procedente la indemnización por daño moral peticionada por el actor, dado que la conducta de la accionada le ocasionó una pérdida de tiempo que no es otra cosa que “pérdida de vida”.

Se trata de un fallo pronunciado por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, el 25 de septiembre de 2013. El hecho aducido por la actora aconteció el 2 de julio de 2004, cuando regresando de su viaje de luna de miel a Cuba, al arribar a Ezeiza se percató de que la valija que transportaba y que había sido debidamente despachada, no se encontraba en la cinta transportadora del aeropuerto. Ante el extravío y agotadas las instancias de búsqueda, la actora accionó por daños y perjuicios contra la empresa.

En destaque: si bien tiene especial trascendencia a la prueba de presunciones e indiciaria, aun cuando el material probatorio se ciñera a los términos del art. 163, inc. 5º, parágrafo 2º , del Código ritual, siempre es necesario que el reclamante aporte elementos de juicio que permitan al juzgador formarse un cuadro razonable de la entidad de las pérdidas, por el contrario, ese incumplimiento debe ser interpretado en perjuicio del demandante

P. O. H. c/ Cubana de Aviación S.A. s/ daños y perjuicios. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal. Capital Federal,  26 de septiembre de 2013

 

Fuentes
INFOJUS