“ San Isidro, 20 de julio de 2020.
VISTO Y CONSIDERANDO: la nueva prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por las autoridades nacionales hasta el día 02 de Agosto de 2020 inclusive (DNU 297/20, prorrogados por los decretos 325/20, 355/20, 459/20, 493/20, 520/20, 576/20, 605/20 y sus normas complementarias) con el fin de mitigar la propagación del virus COVID-19 (conocido como Coronavirus) y las de su par provincial (decretos provinciales 132/20, 180/20, 203/20 entre otras y cc.), la nueva prórroga de las resoluciones 386-20, 30/20, 480/20, 535/20 558/20 y cc. de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (Resolución registrada bajo el nro. 33/20 de la Secretaria de Planificación de la SCJBA del 17/07/20, en consonancia con la problemática coyuntural –COVID19-, es que este Tribunal de Disciplina, en uso de los poderes y facultades conferidas por la ley de su creación (ley 5177 y Reglamento de funcionamiento de los Colegios de Abogados Departamentales),
RESUELVE: Prorrogar nuevamente la suspensión de los términos administrativos en las causas disciplinarias que tramitan ante el Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados de San isidro hasta el día 02 de Agosto de 2020 inclusive, sin perjuicio de la validez de todos los actos procesales que se cumplan en las mismas.
Notifíquese al Consejo Directivo y publíquese la presente en la página web oficial de esta Institución - ”