Actuación ante el Tribunal

Temas prácticos

Cómo actuar ante el Tribunal de Arbitraje General

A continuación desarrollamos los siguientes temas: 

  1. Demanda: requisitos para la interposición. Forma de la presentación. Modelo de demanda.-
  2. Contestación de demanda: requisitos. Modelo de contestación
  3. Reconvención: artículo del reglamento. Modelo
  4. Excepciones: artículo del reglamento
  5. Audiencias: preliminar y de vista de la causa.
  6. Costos del proceso arbitral – cuadro comparativo: tasa arbitral.
  7. Laudo: costas. Solidaridad entre las partes.

Demanda arbitral | Requisitos. Art. 31 RUCA

El procedimiento arbitral se abre con una demanda escrita, que contendrá:

  1.  Denuncia de los nombres y domicilios reales - o sociales - de las partes y constitución de domicilio físico y mail;
  2. Relación concreta y detallada de los hechos e invocación del derecho en que se funda;
  3. Cuestiones concretas sobre las que se requiere decisión arbitral;
  4. Elección  de un árbitro de lista y de la modalidad de tribunal (tripartito – único);
  5. Adjunción de los instrumentos conteniendo el convenio arbitral,  habilitando la competencia arbitral;
  6. Acompañamiento de la prueba documental en su poder, con un juego de copias para traslado;  ofrecimiento de la restante prueba;
  7. Pago de la tasa arbitral.

Modelo de demanda ante Tribunal de Arbitraje

INICIA DEMANDA:

Señores del Tribunal de Arbitraje General del Colegio de Abogados de San Isidro

JUANA SANCHEZ, argentina, DNI XXXXX, con domicilio en XXXXXXX Villa Adelina,   con el patrocinio del Dr. XXXXXXXXXX, abogado T° XXX Fº XXX CASI, CUIT X X X X X , legajo previsional X X XX , constituyendo domicilio en X X X X X , San Isidro, y domicilio electrónico XXXXXX, tel. X X X X X X , me presento y digo:

OBJETO

Que vengo a iniciar demanda por cumplimiento de contrato y daños y perjuicios, contra ISABEL PÉREZ, con domicilio en XXXXX, Prov.de Bs. As., por la suma de pesos XXX lo que en más o en menos resultare de la prueba, con más intereses y costas, conforme las consideraciones de hecho y de derecho que paso a exponer.

COMPETENCIA

La competencia del Tribunal de Arbitraje   de San Isidro surge del contrato que motiva esta litis, que en su cláusula décimo séptima establece que "….".

HECHOS

Con fecha 1 de febrero de 2016, celebré con l a demandada un contrato de locación de inmueble comercial, cuyo objeto lo es el local ubicado en XXXX.  El destino de la locación lo fue para instalar un comercio. El plazo pactado fue de dos años a partir del 1 de febrero de 2016, operándose su vencimiento el 1 de febrero de 2018.

En cuanto al precio de la locación, se fijó según contrato en ....

Pero aquí comienzan las muchas irregularidades en que incurrió el locador, y que me llevan a iniciar la presente acción: ....

Se acompaña el contrato original con la firma del locador....

De la pretensión:

En consecuencia se reclaman por medio de la presente demanda, los daños y perjuicios resultantes de su incumplimiento, que se estiman conforme lo indicado ut- supra y sin perjuicio de lo que resulte de la pericia contable a producirse, en ...

Por ello y sin perjuicio de lo que en definitiva se resolviere fijo este reclamo por consecuencias no patrimoniales ....

DERECHO

Funda su derecho en los arts. ...

PRUEBA DOCUMENTAL

A) Contrato de locación ...

B) cartas documento...

PERICIAL

Se designe perito ingeniero civil a los efectos que, Se designe perito contador a los efectos que, ..

INFORMATIVA

Se libren los siguientes oficios:

TESTIMONIAL

Se cite a declarar a las siguientes personas en calidad de testigos

CONFESIONAL

Se cite    a la demandada    a   absolver    posiciones    y   reconocer    firmas y documentos a tenor del siguiente pliego:

DESIGNACIÓN DE ÁRBITRO

Designo árbitro al Dr………..

PETITORIO

Por todo ello solicito: ...

Proveer de conformidad SERÁ JUSTICIA

Contestación de demanda – Reconvención

  • Contestación de demanda, y en su caso, en la reconvención, deberá observarse lo dispuesto en los dos artículos anteriores y concordantes del presente reglamento. Si en la contestación se presentare documental, se dará traslado al actor por el término de cinco días. (art. 33 RUCA)

    Si al momento de contestar la demanda, no se dedujere reconvención, no podrá hacérselo en lo sucesivo.
  • Reconvención: Si se dedujere reconvención, se dará traslado de la misma a la parte postulante en la forma y plazo previstos en el artículo 32, observándose en la presentación y sustanciación, el procedimiento y condiciones establecidas en este reglamento para la demanda y contestación (art. 34 RUCA).
  • Falta de contestación de la demanda: No contestada la demanda, o en su caso, la reconvención, se dará por decaído el derecho y no podrá hacerlo en el futuro, teniéndose por ciertos los hechos expuestos en la demanda y como auténtica la documentación acompañada. (art. 35 RUCA)

Modelo de contestación de demanda y reconvención

CONTESTA DEMANDA. RECONVIENE POR DESALOJO Y COBRO DE ALQUILERES

Señor Presidente    del Tribunal   de Arbitraje

XXXXX, abogado, C.A.S.I. Tº , Fº , Leg. , CUIT , constituyendo domicilio legal en X X X X y XXXXXX en autos caratulados: [email protected], en los autos "SANCHEZ JUANA c./ PEREZ ISABEL s./cumplimiento de contrato y daños y perjuicios (expte. 350TA), digo, me presento y digo:

l. PERSONERIA

Que  tal como lo acredito con la  copia del poder general, judicial adjunto, cuya  autenticidad y vigencia declaro bajo juramento, he sido nombrado apoderado de la Sra. PEREZ ISABEL, con  domicilio  real  en  xxxx,  de  la  localidad  de· Villa  Adelina,   Partido   de  San  Isidro,  con facultades suficientes para esta presentación.

II. OBJETO

En tal carácter invocado y en cumplimiento de instrucciones de mi representado, vengo en legal tiempo y forma a contestar la demanda motivo de traslado y a solicitar su íntegro rechazo con imposición de las costas.

Como más adelante habré de explicitar, vengo a reconvenir por desalojo y cobro de alquileres contra la actora J U A N A SANCHEZ, cuyos demás circunstancias personales surgen tanto de la demanda como del contrato de locación que vincula a las mismas.

III. ELECCIÓN DE ÁRBITRO

Conforme lo dispuesto por el art. 31 inciso 4 del RUCA, vengo a proponer y elegir como árbitro a.... Es decir: no  acepto el arbitraje único.



IV.CONTESTADEMANDA

Por imperativo procesal, por no constarme y por falso, niego todos y cada uno de los hechos invocados en la demanda y que no sean materia de especial y expreso reconocimiento en el curso del presente responde. Previo a ello reconozco de manera expresa la relación contractual a través del contrato de locación suscrlpto oportunamente entre ambas partes.

Así, concretamente niego:

Encuadre  jurídico:  dispone  en  efecto  el  art.  ....  del  Código  Civil  y Comercial de la Nación: ....

V. RECONVIENE POR DESALOJO Y COBRO DE ALQUILERES

Surge del propio relato de la demanda que aquí se contesta y del intercambio epistolar que hubo entre las partes, que la locataria se encuentra en mora en el cumplimiento de la obligación principal y que tomara a su cargo. Es decir el pago de los alquileres.

... la actora ha incurrido en mora y se ha configurada su incumplimiento contractual que autoriza a solicitar su desalojo. Adeudando desde ...hasta la fecha de esta presentación todos los arriendos mensuales.

Claramente se encuentra configurada la causal de desalojo que invoco, por falta de pago de los arriendos pactados. La estipulación quinta del contrato establece que la mora se producirá de pleno derecho....

Del mismo modo vengo a promover el cobro de los alquileres adeudados ... Se reclaman consecuentemente los alquileres de ...Se dejan reclamados también los intereses para ser liquidados en  la  oportunidad  procesal  correspondiente, como  así también  los nuevos periodos locativos  que se devenguen hasta la efectiva desocupación del bien. Se solicita a mérito de lo expuesto, que oportunamente se haga lugar tanto al desalojo del bien como al cobro de los alquileres adeudados que por la presente vía sumaria dejo reclamados.

VI. PRUEBA:

Ofrezco como tal, la siguiente:

1) Confesional: se cite  a  la actora a absolver posiciones a tenor del pliego que oportunamente se acompañará, bajo apercibimiento    de ley.

2) Testimonial: se cite a declarar en calidad de testigos:

a. xxxx, domiciliado en xxx

VII. PETITORIO

Solicito del Tribunal de Arbitraje:

1.-

Proveer conforme, que  SERÁ JUSTICIA.

Excepciones (Art. 36 RUCA)

Las excepciones admitidas por el RUCA son: incompetencia, cosa juzgada, litispendencia y prescripción 

Deberán interponerse al contestar demanda y/o reconvención.

Se  dará traslado a la otra parte para que las conteste dentro del plazo de 5 días.  

El Tribunal podrá tratar las excepciones como cuestión preliminar o en el laudo definitivo.

Audiencia preliminar (Art. 38 RUCA)

1) Instancia conciliatoria previa:el Tribunal invitará a las partes a una conciliación, pudiendo proponer acuerdos alternativos y toda otra posibilidad de autocomposición del conflicto. Si se arribase a un acuerdo, se labrará acta que firmada por el tribunal tendrá efectos homologatorios, con carácter de título ejecutorio.

2) Fracasado el intento conciliatorio, el Tribunal dentro del término máximo de 15 días deberá:

a) resolver las excepciones opuestas;

b) fijar los hechos y cuestiones controvertidos o litigiosos;

c) resolver sobre las pruebas ofrecidas por las partes, así como también ordenar de oficio las que estime necesarias para el dictado del laudo, con el objetivo de la obtención de la verdad material;

d) fijar la fecha de celebración de la audiencia de vista de la causa, que deberá realizarse en el plazo máximo de 45 días.

En su caso, podrá declarar la cuestión de puro derecho, pudiendo las partes presentar memorial dentro del término de cinco días.

Audiencia de vista de causa (Art. 45 RUCA)

En oportunidad de celebrar la audiencia de vista de la causa, el Tribunal:

1) Intentará previamente la conciliación de las partes.

2) Al comenzar la audiencia, efectuará una reseña de las diligencias probatorias realizadas; a continuación se procederá a recibir la prueba que se ordenó producir en esta audiencia.

3) Tendrá amplias facultades para ordenar el debate e interrogar libremente a las partes, y testigos y solicitar eventuales explicaciones de los peritos.

4) Podrá limitar la facultad de las partes de interrogar libremente a la contraparte, peritos y testigos cuando se la ejerza en forma manifiestamente improcedente.

5) Finalizada la recepción de las pruebas ofrecidas y las que el Tribunal hubiera decidido recibir, se concederá la palabra a las partes para que aleguen verbalmente, por su orden, sobre su mérito, en exposiciones orales que no excederán de 30 minutos cada una.

6) Podrá llamar a un cuarto intermedio para la continuación de la audiencia en un término máximo de 10 días, cuando razones de tiempo u otro hecho acaecido así lo aconsejaren.

7) Finalmente,las partes deberán concurrir a la audiencia personalmente o por intermedio de apoderado con facultades especiales suficientes para ello.

Costos para la promoción de la demanda ante el tribunal

Costo para iniciar demanda de un proceso judicial (desalojo: s/canon mensual de $160.000.-)

Tasa arbitral: 2 jus de honorarios

 

Concepto

$

 

Valor del jus $ 13.860

Jus previsional

5.000

Bono ley

6.900.-

Tasa (2,2%)

126.720.-

Sobretasa

12.672.-

Total                     

$ 151.292.-

$ 27.720.-

Laudo arbitral

Costas (art. 51 RUCA): Las costas del arbitraje comprenden:

1) La tasa arbitral;

2)La regulación de los honorarios de los letrados de parte;

3) Los honorarios de los árbitros y gastos de los peritos, expertos y cualquier otra asistencia especializada requerida por el tribunal;

4) Demás gastos causídicos;

5) La retribución de los árbitros.

  • Obligatoriedad del Laudo (Art. 54 RUCA): será obligatorio para las partes, y deberá ser cumplido por éstas dentro del término de 5 días (5) de quedar firme. Se podrá disponer la fijación de astreintes para el supuesto de incumplimiento de lo resuelto en el mismo.
  • Solidaridad de las partes (Art. 63 RUCA): se dispone la solidaridad de ambas partes en el pago de la retribución de los árbitros y de los honorarios de los peritos y demás expertos que hubiesen intervenido.