Personas Jurídicas

Dirección Provincial de Personas Jurídicas

En el presente sitio encontrará la Normativa aplicable en la provincia de Buenos Aires a los trámites a presentarse por ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas; los formularios y anexos; Tasas Fiscales, traslado y optativas e instructivos de los trámites:

  • Asociaciones Civiles
  • Fundaciones
  • Sociedades Comerciales
  • Trámites Judiciales ante la DPPJ

Horario de atención

Lunes a viernes de 9:00 A 11:00

Modalidad

Se atiende solo con turno previo reservado por e mail: [email protected]

Consultas por trámites

Las consultas podrán efectuarse en forma virtual a través del sistema Trámix en (ingresando número de Legajo): http://tramix.persjuri.gba.gov.ar:8080/TRAMIX/
Correo electrónico: [email protected]

Certificación de firmas

Solicitar turno previamente en la Delegación: [email protected]
Se tomarán hasta tres (3) certificaciones de firma por turno.

Tasas | Sociedades comerciales

Abonarán Tasa General de Actuación y Tasa fiscal correspondiente al trámite a realizar; Tasa Traslado, Tasa Delegación (su importe es idéntico al total del pago en concepto de timbrado de la tasa administrativa/fiscal de cada expediente)

Tasas | Asociaciones Civiles, Fundaciones y Mutuales

Abonarán Tasa de Traslado, Tasa de Delegación ($3.000). Se encuentran exentas del pago de Tasa fiscal y General de Actuación.
Tasas preferenciales: optativa (1, 4 o 15 días hábiles). Tasa 1 y 4 días deberán adjuntarse antecedentes inscriptos.

Tasas | Asociaciones Civiles Ley 15192

Las tasas identificadas como “LEY 15192” sólo aplican a las entidades comprendidas en dicha norma:
Clubes de Barrio, Centro de Jubilados, Sociedades de Fomento, Centros Culturales, Jardines Comunitarios, Organizaciones de Comunidades Migrantes y asociaciones civiles con ingresos totales anuales hasta la categoría G del monotributo.

Noticias

Iniciativa del CASI: Se aprobó la nueva reglamentación de la DPPJ de la Provincia de Buenos Aires, relativa a los procedimientos, requisitos, títulos y documentos que deben ser acompañados en los trámites de las Sociedades por Acciones Simplificadas.
Creación del “Registro de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) Inactivas.
Fundamentos y alcances de la medida: texto completo de la Disp. 2024-. 49 GDBA- DPPJMJYDHGP, y anexos

Por disposición de la DPPJ del 27/5/24 se adecua el procedimiento de obtención de informes y solicitud de copias auténticas al procedimiento digital, remoto y unificado.
Opera mediante formularios web que clasifican los requerimientos desde su inicio, permitiendo su mejor procesamiento y tratamiento, con la finalidad de cumplir con la información solicitada en plazos legales.
Nueva normativa sobre estados contables en las sociedades por acciones. Será de forma digital.
La DPPJ implementó y modernizó la presentación de estados contables. Dicha normativa, establece los requisitos y la documentación que deberán acompañar.
Por Decreto 209/2024, se ha modificado al valor mínimo para integrar el capital social de una sociedad anónima conforme el art. 186 de la Ley General de Sociedades 19.550.
Ahora sin necesidad de trasladarse hasta la sucursal bancaria y mediante un sencillo trámite digital en línea, podrás acreditar los aportes de capital en las sociedades en formación ante la D.P.P.J. Te explicamos cómo hacerlo mediante una guía paso a paso.