Dirección Provincial de Personas Jurídicas
En el presente sitio encontrará la Normativa aplicable en la provincia de Buenos Aires a los trámites a presentarse por ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas; los formularios y anexos; Tasas Fiscales, traslado y optativas e instructivos de los trámites:
- Asociaciones Civiles
- Fundaciones
- Sociedades Comerciales
- Trámites Judiciales ante la DPPJ
Horario de atención
Lunes a viernes de 9:00 A 11:00
Modalidad
Se atiende solo con turno previo reservado por e mail: [email protected]
Consultas por trámites
Las consultas podrán efectuarse en forma virtual a través del sistema Trámix en (ingresando número de Legajo): http://tramix.persjuri.gba.gov.ar:8080/TRAMIX/
Correo electrónico: [email protected]
Certificación de firmas
Solicitar turno previamente en la Delegación: [email protected]
Se tomarán hasta tres (3) certificaciones de firma por turno.
Tasas | Sociedades comerciales
Abonarán Tasa General de Actuación y Tasa fiscal correspondiente al trámite a realizar; Tasa Traslado, Tasa Delegación (su importe es idéntico al total del pago en concepto de timbrado de la tasa administrativa/fiscal de cada expediente)
Tasas | Asociaciones Civiles, Fundaciones y Mutuales
Abonarán Tasa de Traslado, Tasa de Delegación ($3.000). Se encuentran exentas del pago de Tasa fiscal y General de Actuación.
Tasas preferenciales: optativa (1, 4 o 15 días hábiles). Tasa 1 y 4 días deberán adjuntarse antecedentes inscriptos.
Tasas | Asociaciones Civiles Ley 15192
Las tasas identificadas como “LEY 15192” sólo aplican a las entidades comprendidas en dicha norma:
Clubes de Barrio, Centro de Jubilados, Sociedades de Fomento, Centros Culturales, Jardines Comunitarios, Organizaciones de Comunidades Migrantes y asociaciones civiles con ingresos totales anuales hasta la categoría G del monotributo.