Mediación Prejudicial Obligatoria

Normativa | Instructivo | Reglamentación

Modelos prácticos

Reglamentación de la mediación a distancia

Resolución 788, BOPA 21/9/2020

Mediación prejudicial obligatoria: modalidad a distancia

Acceder a la ley 15182 | Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires | 2/8/2020

Instructivo | Trámites a realizar ante la Dirección de Mediación

Instructivo, Trámites a realizar ante la Dirección de Mediación

Requisitos para conformar el Registro Provincial de Mediadores y Mediadoras: art. 26 ley n° 13951  y del anexo único decre- 2021-600-GDEBA-GPBA

Área Legajos

Exclusión de la nómina de sorteo: artículo 29 inciso c) del Anexo Único DECRE-2021-600-GDEBA-GPBA. - Baja transitoria de la matrícula - Baja definitiva de la matrícula - Primera constitución de domicilio. Cambio de domicilio - Modificación de datos de contacto - Cambio de departamento judicial - Rehabilitación de matrícula - Resorteo

Solicitud de pago de la retribución en los casos que la parte condenada en costas hubiere obtenido por sentencia firme el beneficio de litigar sin gastos - Recusación y excusación - 

Área capacitación 

Horas de capacitación - Traspaso de horas de capacitación excedentes - Certificados de capacitación

Área multas

Multas por incomparencia

Noticias

Apertura| Convocatoria de aspirantes para la inscripción a la evaluación prevista en la Ley N° 13951 y su reglamentación aprobada por el DECRE-2021-600-GDEBA GPBA, para el ingreso al Registro Prov. de Mediadores/as.
Se efectuará en forma on-line del 10 al 14/6/2024 inclusive.
<Evaluación presencial. San Isidro: 5/7/24>
Declaración del Colegio relativa a los importes exigibles en virtud de lo dispuesto por el decreto 600/21, reglamentario de la ley 13951 de mediación.
En el afán de contribuir a las acciones tendientes a defender nuestros honorarios profesionales, invitamos a los/las mediadores/as a completar una encuesta que será de vital importancia para cumplir ese cometido. Ver detalles y guía.
Recordamos a los colegas que la normativa vigente en términos de la retribución de los /las mediadores/as se encuentra establecida en el art. 31 del dec. reglamentario 600/21 y anexo. Consultar texto completo.
Régimen de mediación como método alternativo de resolución de conflictos judiciales en el ámbito de la provincia de Buenos Aires: el 18/8/21 fue publicado en el Boletín Oficial de la Prov. de Buenos Aires, el decreto 600/21 reglamentario de la ley 13951 que deroga el dec. 43/19. Texto de la norma. Anexo (versión para imprimir) . En destaque; Art. 31- Retribución