06
Sep
2021

Asamblea General Ordinaria: martes 14 de septiembre de 2021

Invitamos a los matriculados a participar de la Asamblea General Ordinaria. Se llevará a cabo en la sede de Martín y Omar 339, San Isidro, el martes 14 de septiembre de 2021; 1° llamado: 8:00, 2° llamado: 9:00. Se agradece puntualidad.

San Isidro, 24 de agosto de 2021.-

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y PROCLAMACIÓN:

Que la Asamblea Anual Ordinaria fijada para el 7/5/21 fue suspendida por el  Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro, en uso de las facultades conferidas por la Resolución del Consejo Superior del Colegio de Abogados de San Isidro nro. 30/21 del 11 de marzo del año en curso y debido a las medidas sanitarias restrictivas (sesiones nro. 1993 del 28/4/21, nro. 1994 del 4 y nro. 1995 del 5/5/21).
Que según el acta de la Convocatoria a Asamblea del 30/3/21 (instrumentada en el expediente nro. 6224/21) se sometería a consideración las Memorias y Balances y los Cuadros de Resultados por los ejercicios comprendidos entre: el 1º de febrero de 2019 al 31 de enero de 2020 y los del 1° de febrero de 2020 al 31 de enero de 2021; y los  Presupuestos  comprendidos entre el 1° de febrero de 2020 al 31 de enero de 2021  y el del 1° de febrero de 2021 al 31 de enero del 2022 de nuestro Colegio.
Con  respecto a la realización de Asambleas y de actos electorales, el Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires (cfr. art. 50 de la ley 5177), en el marco de la resolución del  11/3/21, determinó:
1°) CONDICIONES GENERALES: a) La totalidad de los Partidos de cada Departamento Judicial se encuentren mínimamente en situación de “Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio” (DISPO); b) No se encuentre restringida la circulación de personas entre los diferentes Partidos y/o Localidades integrantes de cada Departamento Judicial. c) las Municipalidades convaliden  el Protocolo Sanitario específico para la realización del acto comicial que elabore cada Colegio de Abogados Departamental; 
2°) REANUDACIÓN: Reanudar el cronograma electoral establecido para la renovación parcial de autoridades en todos los Colegios Departamentales. 
3°) CONVOCATORIA: Cada Colegio deberá incluir en la convocatoria a la Asamblea General Ordinaria, la celebración de elecciones de autoridades para cubrir cargos colegiales por el período que corresponda, a los fines de completar los mandatos que debieron comenzar el 1° de junio de 2020 y que finalizarán  el 31 de mayo del 2024, o el 31 de mayo de 2022 según correspondiere
7°) IMPOSIBILIDAD DE DESARROLLAR LA ASAMBLEA O EL ACTO COMICIAL:
 Ante la imposibilidad de llevar adelante la Asamblea General Ordinaria o el acto comicial, cuando no se  encontrasen reunidas las condiciones previstas en el punto 1), cada Colegio Departamental se encuentra facultado para disponer la suspensión hasta tanto se restablezcan las condiciones necesarias para ello, con obligación de comunicar inmediatamente tal circunstancia al Consejo Superior…
9) MANDATOS: Las nuevas autoridades proclamadas por las Asambleas Generales Ordinarias de cada Colegio departamental iniciarán sus mandatos el 1° de junio de 2021, quedando prorrogados hasta dicha fecha los mandatos de los presidentes, integrantes de las Mesas Directivas, consejeros titulares y suplentes, y miembros titulares y suplentes de los tribunales de disciplina, así como las autoridades del Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires en los cargos que detenta cada uno. En caso que algún Colegio Departamental no pudiera realizar la elección y/o concluir el proceso electoral iniciado, quedarán también prorrogados de pleno derecho los mandatos de todos los cargos incluidos en la convocatoria, hasta tanto asuman las nuevas autoridades. Ello, por idénticos fundamentos a los establecidos en la resolución de este Consejo Superior de fecha 12 de mayo de 2020. 10°) Mantiene su vigencia la Sección Cuarta del Reglamento de Funcionamiento de los Colegios de Abogados, con excepción de aquellas normas que resultan modificadas en la presente. Asimismo, podrán disponerse nuevas modificaciones y/o adecuaciones a dichas normas si las particulares condiciones imperantes lo determinan
”.- 

En virtud de ello también se convocó a elecciones de: CONSEJO DIRECTIVO: seis (6) Consejeros Titulares cuyos mandatos vencerán el 31 de mayo de 2024cuatro  (4) Consejeros Suplentes cuyos mandatos vencerán el 31 de mayo de 2024.-  TRIBUNAL DE DISCIPLINAtres (3) Miembros Titulares cuyos mandatos vencerán el 31 de mayo de 2024; dos (2) Miembros Suplentes cuyos mandatos vencerán el 31 de mayo de 2024 CAJA DE PREVISION SOCIAL PARA ABOGADOS DE LA PROV. DE BS. AS.:  dos (2) Directores Departamentales titulares cuyos mandatos vencerán el 31 de mayo de 2024 dos (2) Directores Departamentales suplentes cuyos mandatos vencerán el 31 de mayo de 2024 y Elección de un (1) Miembro Titular y un (1) Miembro Suplente de la Comisión Revisora de Cuentas, cuyos mandatos vencerán el 31 de mayo de 2024. En virtud del resultado del proceso electoral, el Consejo Directivo en su reunión nro. 1993 del 28/4/21, resolvió por unanimidad: 

“… 1) Tomar conocimiento de lo actuado por el Consejo Directivo en el marco del expediente electoral; 
2) suspender el desarrollo del acto de sufragio que fijado para los días 6 y 7 de mayo de 2021 de 8.00 a 18.00 hs., por haberse oficializado como única lista la denominada CONSENSO PARA LA ABOGACÍA DE SAN ISIDRO…”.  
Por ello, conforme los antecedentes descriptos y atento lo normado por los arts. 38 y 40 de la ley 5177, el Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro, resuelve que en el mes de septiembre del corriente año se procederá a realizar la Asamblea General Ordinaria.
Para esta oportunidad deberán someterse a consideración las Memorias y Balances y los Cuadros de Resultados por los ejercicios comprendidos entre: el 1º de febrero de 2019 al 31 de enero de 2020 y los del 1° de febrero de 2020 al 31 de enero de 2021; y los  Presupuestos  comprendidos entre el 1° de febrero de 2020 al 31 de enero de 2021  y el del 1° de febrero de 2021 al 31 de enero del 2022 de nuestro Colegio y proceder a la proclamación de los profesionales integrantes de la única lista oficializada denominada “CONSENSO PARA LA ABOGACÍA DE SAN ISIDRO”.-
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el Reglamento de Funcionamiento de los Colegios Departamentales (art. 50 inc. "e” de la Ley 5177 – TO por decreto 180/87, ref. ley 12.277 y 12548) promulgado por Decreto n° 2885 de diciembre de 2001, en cuanto a la convocatoria de la Asamblea General Ordinaria se propone se fije la fecha del 
14 de septiembre de 2021 a las 8 y 9 horas respectivamente (art. 40  Ley 5177 modif. Ley 12.277) para su celebración.-
Se RESUELVE asimismo:
1) Cumplimentar la publicidad, de acuerdo a lo normado por el artículo 40 de la ley 5177, modificada por las leyes 12.277 y 12548;
2) Fijar como 
ORDEN DEL DIA, para la Asamblea el siguiente:
1) Lectura y consideración de las Memorias y Balances y los Cuadros de Resultados por los ejercicios comprendidos entre: el 1º de febrero de 2019 al 31 de enero de 2020 y los del 1° de febrero de 2020 al 31 de enero de 2021;
2) Aprobación de los Presupuestos  comprendidos entre el 1° de febrero de 2020 al 31 de enero de 2021  y el del 1° de febrero de 2021 al 31 de enero del 2022; 
3) Proclamación de los integrantes de la única lista oficializada denominada 
CONSENSO PARA LA ABOGACÍA DE SAN ISIDRO, cuyos candidatos reunieron las condiciones legales y reglamentarias exigidas para los cargos para los cuales se han propuesto, consistentes en: CONSEJO DIRECTIVO: seis (6) Consejeros Titulares y cuatro (4) Consejeros Suplentes.-  TRIBUNAL DE DISCIPLINAtres (3) Miembros Titulares dos (2) Miembros Suplentes.-  CAJA DE PREVISION SOCIAL PARA ABOGADOS DE LA PROV. DE BS. AS.dos (2) Directores Departamentales titulares y dos (2) Directores Departamentales suplentes;  un (1) Miembro Titular y un (1) Miembro Suplente de la Comisión Revisora de Cuentas.
Se 
destaca que todos los mandatos convocados en esta oportunidad vencerán el 31 de mayo de 2024 (cfr. resol. Consejo Superior ut supra). 
4) Designación de dos colegiados para firmar el Acta de Asamblea;
5) Aplicar el Protocolo de higiene y seguridad (Covid-19) para la celebración de Asambleas Ordinarias y Extraordinarias en entidades Profesionales de la Provincia de Buenos Aires y sus Cajas Previsionales”, de fecha 18 de marzo de 2021, dictado por disposición nro. IF-2021-06427052-del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires.
6) Líbrese testimonio de la presente resolución a fin de ser agregado al expediente A 6224 y, en cumplimiento de la resolución antes invocada, comuníquese al Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires.
 

Dr. Santiago Quarneti
Presidente
Colegio de Abogados de San Isidro

Dr. Martín A. Sánchez
Secretario

Colegio de Abogados de San Isidro