28
Mar
2025

Implementación de oficios electrónicos con ARBA que incluyen pago de tasa

Se hace saber que la SCBA estableció la 2da. etapa de comunicaciones con ARBA, en relación al procedimiento de requerimiento y contestación de oficios judiciales por medios electrónicos en supuestos que requieren el pago de una tasa administrativa.
*Se deberá utilizar el sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas, adjuntando el comprobante de pago respectivo.

Mediante Resolución SC Nº 444/25 la SCBA estableció la segunda etapa de comunicaciones con la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), en relación al procedimiento de requerimiento y contestación de oficios judiciales por medios electrónicos en supuestos que requieren el pago de una tasa administrativa. 
En orden a ello se hace saber a los órganos jurisdiccionales que integran la Administración de Justicia, así como, en su caso, los órganos de gobierno de la SCBA y los Registros Públicos que deberán canalizar dichos requerimientos por el sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas, adjuntando el comprobante de pago respectivo.

Indicaciones

  • Los domicilios electrónicos donde deberán ser remitidos los oficios, según competencia material o territorial de las respectivas oficinas, son los ya generados, disponibles y publicados en la oportunidad de la puesta en funcionamiento de la primera etapa de comunicaciones.

 

  • El pago podrá realizarse de manera presencial o electrónica.

Pago electrónico. Procedimiento

En el caso del pago electrónico, se deberá seguir el siguiente procedimiento:

- Acceder a la página web de ARBA: https://web.arba.gov.ar/;


- En el menú "Trámites", seleccionar "Trámites Generales", lo que llevará al siguiente enlace: https://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/categoriaTramite.asp?categ;


- Allí, elegir "Presentación de Oficios Judiciales", lo que redirigirá a este enlace: https://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/TramiteSeleccionado.asp?tramite;


- Luego, deberá seleccionar "Oficios Judiciales del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires no incluidos en los arts. 330 ó 336 del Código Fiscal (implica pago de tasas administrativas)", que derivará a este link: https://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/TramiteSeleccionado.asp?tramite;


- En la sección "Tené en cuenta que", hacer click en "Realiza el pago de la tasa a través del Portal de Servicios de la Provincia de Buenos Aires", lo que llevará al siguiente sitio: https://portal.gba.gob.ar/seccion/organismo/466/tramite/12807/.

Importante. Adjuntar comprobante

Una vez efectuado el pago, ya sea de manera presencial o electrónica, el comprobante correspondiente deberá ser adjuntado al oficio judicial y remitido a esta Agencia de Recaudación a través del sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas de la SCBA donde será validado el pago y se procederá al tratamiento del oficio judicial librado.

Fuentes
SCBA