08
Oct
2020

Ley 15192. Declara de Interés Público Provincial a las Asociaciones Civiles de 1° grado y Mutuales de Organizaciones de Comunidades Migrantes

La Ley 15192 declara de Interés Público Provincial a las Asociaciones Civiles de 1° grado constituidas en la PBA, autorizadas a funcionar por la DPPJ y a las Mutuales de Organizaciones de Comunidades Migrantes, conforme determinados requisitos. Texto completo.

Ley 15192         

Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires el 7 de octubre de 2020.

Declara de Interés Público Provincial: a las Asociaciones Civiles de 1° grado constituidas en la Provincia de Buenos Aires, autorizadas a funcionar por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas conforme ciertos  requisitos y a las Mutuales de Organizaciones de Comunidades Migrantes, constituidas en la Provincia de Buenos Aires,  a la fecha de la sanción de esta Ley, autorizadas a funcionar por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, y que tengan ingresos anuales totales hasta el monto equivalente de la categoría G del monotributo. Disposiciones de emergencia. Condonaciones de deudas. Exenciones impositivas. Paridad de género. Etc.  Texto completo.

Fuentes
Boletín oficial de la Provincia de Buenos Aires
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