28
Jul
2021

Habilitaron la presenciabilidad laboral en la Adm. Pública de la Prov. de Bs.As.

El decreto 521/21 ha dispuesto que los trabajadores estatales que hayan recibido al menos una dosis de cualquier vacuna contra el coronavirus o no se hayan querido vacunar podrán ser convocados a prestar funciones de manera presencial. Incluye a la población en riesgo. Alcances de la medida.

Por decreto 521/21 de la Provincia de Buenos Aires, los trabajadores estatales que hayan recibido al menos una dosis de cualquier vacuna contra el coronavirus o no se hayan querido vacunar podrán ser convocados a prestar funciones de manera presencial. Incluye a la población de riesgo.  

Quiénes pueden ser llamados 
-los estatales que hayan sido vacunados y les hayan transcurridos 21 días corridos desde la aplicación de al menos la primera dosis.
-aquellos que habiendo tenido la oportunidad de acceder a la vacunación, optaron por no inscribirse a vacunarse o inscriptos no asistieron a su turno de vacunación por razones de índole personal”

Aclaración
Si el agente está en proceso de vacunación en cualquier jurisdicción, "deberá presentar la correspondiente constancia que dé cuenta de su inscripción”.

Criterio
El criterio para llamar o no a su personal quedará en manos de los responsables de cada área de los organismos dependientes del Estado provincial, siempre y cuando expliquen que las circunstancias lo justifiquen.

Noticia en actualización permanente
N/R: al momento de la edición de esta noticia, la SCBA no ha dictado resolución alguna referida a este tema.