SCBA. Ac. 4011. Con frecuencia semanal, en una primera etapa se organizará la publicidad de la totalidad de las sentencias definitivas de la Suprema Corte de Justicia, estableciendo que su implementación se concrete en un plazo de 60 días corridos.
En una siguiente etapa, en un plazo de 120 días corridos la Subsecretaría de Tecnología Informática elaborará y comunicará el programa de implementación del sistema para los restantes tribunales de alzada y dentro de los 180 días corridos, hará lo propio con los órganos de primera instancia.
Se recopilarán los trámites correspondientes en los sistemas de gestión judicial que se encuentren firmados y en estado público, para su consulta de acceso abierto a través de una búsqueda por organismo y fecha del pronunciamiento.
Los órganos jurisdiccionales velarán por el resguardo de los derechos personalísimos, previniendo la publicación de los datos sensibles contenidos en las sentencias y de cualquier otra información cuya divulgación resulte restringida (art. 164, CPCC).
A su vez, las partes, dentro del plazo de quince (15) días desde su notificación, podrán indicar al organismo jurisdiccional aquellos datos obrantes en las actuaciones que estimen merecen ser suprimidos, anonimizados o disociados. Sin perjuicio de ello, cualquier interesado podrá ejercer el derecho de supresión de datos por disociación, canalizando el reclamo ante la Dirección de Comunicación y Prensa de la Suprema Corte (E-mail: [email protected]).