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Ley Impositiva aplicable para el Ejercicio Fiscal 2025
2025. Tasa de justicia aplicable. Decreto 3681/24
/// Por ello, el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires
DECRETA
Artículo 1°. Disponer que a partir del 1° de enero de 2025 rigen, en virtud de lo establecido por el artículo 26 de la Ley N° 13.767 y sus modificatorias, las disposiciones de la Ley N° 15.394 de Presupuesto General de la Administración Provincial para el Ejercicio 2023, sus normas modificatorias y complementarias, como así también aquellas dictadas en uso de la autorización conferida por el artículo 2° del Decreto N° 12/24.
Art. 2°. Disponer que a partir del 1° de enero de 2025 rigen, a los fines de la percepción de los tributos, en virtud de lo establecido en el inciso 2° del artículo 103 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, las disposiciones de la Ley N° 15.479 - Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2024.
Art. 3°. Autorizar al Ministerio de Economía a realizar las adecuaciones pertinentes al presupuesto prorrogado en los términos del artículo 1° del presente Decreto, con el fin de dar cumplimiento al artículo 26 del Anexo Único del Decreto N° 3260/08 y sus modificatorios.
Art. 4°. Instruir al Ministerio de Economía y a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires a emitir las normas y adoptar las acciones necesarias para la implementación de las disposiciones pertinentes de la Ley N° 15.479, a partir del presente.
Art. 5°. Prorrogar la vigencia del Decreto N° 18/23, de delegación de facultades.