Tu empresa, en un trámite
Ahora sin necesidad de trasladarse hasta la sucursal bancaria y mediante un sencillo trámite digital en línea, podrás acreditar los aportes de capital en las sociedades en formación ante la D.P.P.J., conforme los artículos 149 y 187 de la Ley 19.550, y el artículo 140 de la Disposición DPPJ 45/2015.