14
Mayo
2019

Manifestación del Colegio ante la propuesta de la “sucesión notarial”

Manifestación del Colegio de Abogados de San Isidro frente a la reiterada insistencia de proponer la denominada sucesión notarial entendida como la posibilidad de que la transmisión sucesoria por causa de muerte se pueda tramitar en sede notarial (esta vez argumentando que se bajan los costos de tal actuación, ya que se la limita al 2% de los bienes relictos a favor del escribano).

Manifestación ante la propuesta de la “sucesión notarial”

Ante la reiterada insistencia de proponer la denominada sucesión notarial entendida como la posibilidad de que la transmisión sucesoria por causa de muerte se pueda tramitar en sede notarial (esta vez argumentando que se bajan los costos de tal actuación, ya que se la limita al 2% de los bienes relictos a favor del escribano), el Colegio de Abogados de San Isidro, manifiesta:

1.- La sucesión ab intestato o bien la testamentaria no es un mero trámite, sino que se trata de un acto jurisdiccional por el cual se declaran herederos en la denominada declaratoria de herederos, o bien en la aprobación del testamento.

2.- La sustitución de tal acto jurisdiccional en funcionarios que constituye la fe pública, no es constitucional:

3.- Así como el juez no es un mero fedatario, el notario no ejerce la jurisdicción; violentar estos conceptos básicos es violar la Constitución Nacional.

4.- La organización del proceso sucesorio, como manifestación del acto jurisdiccional es privativo de cada Provincia, lo que deriva en otra inconstitucionalidad en el avasallamiento del sistema Federal.

5.- El mentado ahorro no es cierto, por varias razones:

a.) el trámite sucesorio se encarece por la tasa de justicia, que es menor a la gabela establecido en la iniciativa conocida del 2% a favor del escribano;
b.) si hay un conflicto entre herederos hay que pagarle al escribano y luego recurrir a la justicia, lo que devengará nuevos gastos;
c.) a ese 2% deberá agregarse los costos impositivos por la intervención notarial y los previsionales;
d.) al Estado tampoco le saldrá más barato, ya que por vía de la negativa del ingreso de tasa de justicia (la mayoría de los contradictorios se tramitan con beneficio de litigar sin gastos) el servicio de justicia se desfinanciaría.

En definitiva, hay oportunidades de gasto ociosos que reducir sin mella del sistema de división de poderes, sin violar el estado federal, y sin privar a los ciudadanos de jurisdicción.
Colegio de Abogados de San Isidro, 14 de mayo de 2019

Noticias

Las autoridades el Colegio de Abogados de San Isidro acompañan en este difícil momento a la Dra. Ana María Maiorana y le hacen llegar sus sentidas condolencias con motivo del fallecimiento de su hija María Marta Durante y Maiorana, acaecido el 14 de enero del corriente.
Se hace saber a colegas y públco en general que el viernes 20 de diciembre de 2024 los horarios de atención serán los siguientes:
*La Sala de Profesionales de Pilar atenderá hasta las 11:00;
*El stand de Tribunales de San Isidro -planta baja- hasta las 13:00;
*Las demás dependencias hasta las 12:00.
Número extraordinario. Desde Área Académica te invitamos a compartir la Revista Jurídica de San Isidro, Serie Contemporánea Nro.V disponible en versión digital.
Centrada en el tema "Arbitraje institucional de San Isidro" añadimos en la sección de jurisprudencia reseña de laudos del CASI.
ENTRADAS AGOTADAS. El viernes 13 de diciembre a las 20:00 es la cita señalada para despedir el año en los jardines del Colegio. Se ha previsto "estacionamiento gratuito" en las cocheras de Acassuso 454. Agendemos esta fecha para compartirla junto a todos nuestros colegas. *Buffet, mesa de dulces, barra de tragos. Música en vivo.
Invitación para participar de las próximas Jornadas provinciales:
"A 30 años de la reforma de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires"
Será el jueves 28/11/2024, de 14:00 a 20:00.
Quiénes disertarán
Inscripción obligatoria gratuita