19
Mayo
2016

Tarjetas de créditos. Limitan intereses. Fallos de 1ra. y 2da. instancia e inadmisibilidad del recurso ante la Corte

La Corte Suprema de la Nación, al declarar inadmisible el recurso de un banco, dejó firme una sentencia de la Cámara Comercial que declaró que la entidad cobró intereses a los saldos en tarjeta de crédito en exceso de los límites legales. Para ilustración de los interesados se acompañan fallos relacionados de 1ra., 2da. instancia y Corte Suprema.

La Corte Suprema le puso límite a los intereses de las tarjetas de crédito

La Corte Suprema de Justicia rechazó un planteo de un Banco y estableció que al deudor de saldos en tarjetas de crédito no se le puede cobrar un interés que supere en un 25% a las tasas aplicadas a préstamos personales.
La demanda para que se limitara la tasa de interés que cobran los bancos había sido formulada por la Asociación de Protección del Consumidor Proconsumer. Dicha entidad 
a entidad había demandado al Banco Ipara que dejara de aplicarles a sus clientes de tarjetas de crédito intereses que superaran el tope establecido en la ley que regula esos instrumentos financieros. Requirió, además del reintegro de las sumas percibidas en virtud de la inobservancia de dicho límite, los intereses sobre el capital a restituir debido al plazo transcurrido desde la demanda.

La Corte dejó firme una sentencia de la Cámara Comercial que declaró que los bancos no pueden cobrar intereses por sobre los límites impuesto por la Ley de Tarjetas de Crédito respecto de saldos adeudados, adelantos de efectivo y financiación de planes de pago en cuotas de sus clientes.

Sin pronunciarse sobre el fondo de la cuestión, los Sres. Ministros de la Corte declararon inadmisibles los recursos extraordinarios presentados por la asociación Proconsumer y el Banco Itaú, y con ello le pusieron punto final al reclamo iniciado por la asociación de consumidores en el año 20014.
 
Fallos relacionados

 

Fuentes
CSJN