12
Mar
2020

Trámite para suspender plazos judiciales por e mail. Matriculados afectados por coronavirus o cuarentena preventiva

Todos los órganos jurisdiccionales y dependencias de la propia Corte contemplan los requerimientos de los profesionales que planteen problemas relacionados con el coronavirus para el normal desarrollo de su actividad.
El trámite debe hacerse previamente en el Colegio por correo electrónico. Res. 123/20. Detalles.

Completar DECLARACIÓN JURADA

Enviar a: [email protected]

 

Ante la situación creada por la epidemia del coronavirus, habiéndose tomado conocimiento de las disposiciones adoptadas* por la SCBA, el COLPROBA, del que el Colegio de Abogados de San Isidro forma parte activa y permanente,  solicitó el 11/3/20 por nota, que se contemple mediante una resolución específica la situación de los abogados y abogadas que hayan regresado de viaje del exterior de los países indicados por la OMS como mayormente afectados, como así también de quienes hayan sido contagiados en el ámbito local o se encuentren incluidos en los grupos de riesgos.

Así a consecuencia de la mencionada solicitud la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso - Res. 123-20-  que todos los órganos jurisdiccionales y dependencias de la propia Corte contemplen los requerimientos de los profesionales que planteen problemas para el normal desarrollo de su actividad, extremo que deberá ser previamente convalidado por el Colegio Profesional y ser elevado a conocimiento de la Presidencia de la Suprema Corte a través de la Secretaría de Servicios Jurisdiccionales.

En consecuencia y al efecto se establece el siguiente protocolo para realizar las solicitudes:

Presentación de Declaración jurada 

para dar curso a la  Res. SCBA 123/20

Los abogados y abogadas que hubieran ingresado al país, a partir del 24 de febrero del año 2020, y que hubiesen transitado, dentro de los catorce días previos a su ingreso, por aquellas áreas consideradas por la Organización Mundial de la Salud como de alto riesgo epidemiológico, tales como Estados Unidos de América, República Popular China, República Italiana, República de Corea, Estado del Japón, República Islámica de Irán, Reino de España, República Federal de Alemania, República Francesa y/o aquellas áreas que a futuro sean agregadas oficialmente con esa consideración, deberán presentar debidamente firmados y con carácter de DECLARACIÓN JURADA escaneados *via e mail* al Colegio de Abogados  de San Isidro [email protected]

1-Copia de su pasaporte o cualquier otra documentación que acredite fehacientemente la fecha de ingreso al país y haber transitado dentro del plazo mencionado en el párrafo precedente por las áreas allí detalladas.

2-Igual procedimiento se aplicará a los abogados y abogadas que estén afectados por el coronavirus, quienes deberán acompañar el certificado médico correspondiente y cursarlo escaneado por e mail.

3- Idéntico procedimiento se aplicará a los abogados y abogadas que expliquen con fundamento haber tenido *contacto con enfermos o potenciales contagiados de su entorno y se sometan a cuarentena preventiva; * encontrarse comprendido en grupo de riesgos.

4-La respuesta afirmativa de recepción del Colegio será suficiente pieza válida de convalidación del trámite para ser presentada impresa  o por correo electrónico, ante la autoridad judicial que corresponda.-

Completar DECLARACIÓN JURADA.  Enviar a: [email protected]

 

Fuentes
COLPROBA
SCBA