27
Dic
2020

Registro de Domicilios Electrónicos: ajustaron su normativa

La Suprema Corte de Justicia mediante el Acuerdo Nº. 4000, realizó una serie de ajustes al Acuerdo Nº 3989 que dispuso la creación del Registro de Domicilios Electrónicos.

Mediante el Acuerdo Nº 4000, la Suprema Corte de Justicia realizó una serie de adecuaciones y reformas al Acuerdo Nº 3989 – Texto ordenado- que dispuso la creación del Registro de Domicilios Electrónicos.

En concordancia, el 22/12/20, la Legislatura aprobó el proyecto de Ley que establece el Registro de Domicilios Electrónicos en los Procedimientos Administrativos, cuyo artículo 12 refrenda la estrategia regulatoria diseñada por la Suprema Corte de Justicia. En lo pertinente esta norma prevé:

"El régimen de los domicilios electrónicos correspondientes a los procesos que tramiten ante el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, se regirá por el Acuerdo Nº 3989/2020 y modificatorios, emanados de la Suprema Corte de Justicia.

Dichos domicilios serán utilizados para realizar toda clase de notificaciones y demás actos procesales de comunicación a través de medios electrónicos, comprensivos incluso de aquellos que, según la legislación vigente, deban ser diligenciados en el domicilio real del destinatario.

En los procedimientos administrativos que tramiten ante el Poder Judicial de la Provincia serán aplicables los lineamientos de la presente Ley con el alcance establecido por las reglamentaciones emanadas de la Suprema Corte de Justicia.

El Poder Ejecutivo y la Suprema Corte de Justicia podrán celebrar acuerdos específicos tendientes a la compatibilización de los sistemas de gestión de domicilios electrónicos".

El régimen promovido por la Suprema Corte de Justicia tiene como finalidad adoptar mecanismos que posibiliten la producción de los actos procesales de comunicación por medios telemáticos, favoreciendo la prosecución de los procesos y consolidando el expediente digital.

 

Fuentes
SCBA