Reseña de Fallos. Jurisprudencia Novedades (VII)

Palabras clave
Plazo de prescripción. Seguros. Consumidor
Autos
“T. J. L. c/ Caja de Seguros S.A. s/ Daños y Perj. Incump. Contractual (Exc. Estado)”
Fecha sentencia

Reseña

Concuerdo con la opinión del tribunal recurrido en que, a diferencia de lo que podía predicarse para el escenario normativo delimitado por la vigencia de la ley 26.361, a partir de la sanción de la ley 26.994 ya no se aprecia un conflicto de normas con igual vocación de aplicación para la prescripción liberatoria de las acciones judiciales en materia de seguros que involucren a consumidores.
(…) el pretendido desplazamiento del art. 58 de la ley 17.418 por el 2.560 del digesto civil y comercial tampoco conllevaría una verdadera tensión interpretativa entre dos preceptos que podrían aspirar a reglar inequívocamente el mismo supuesto de hecho, pues la primera constituye una norma especial que establece un plazo anual para la prescripción de todas las acciones derivadas de los contratos de seguro (conf. art. 58, ley 17.418), mientras que la segunda constituye una norma general que establece un plazo quinquenal y genérico
de prescripción para las acciones civiles y comerciales que no tuvieren uno especial (diferente) previsto por la legislación aplicable (conf. art. 2.560, Cód. Civ. y Com.).
Por ello, si bien resulta cierto que tanto el art. 3 de la ley 24.240 como los arts. 1.094 y 1.095 del digesto civil y comercial prescriben que debe siempre adoptarse la solución que resulte más favorable a los intereses de los consumidores, no menos lo es que tal criterio hermenéutico ha de cobrar operatividad ante una posible situación de duda interpretativa, normativa o contractual, que en la especie -como se expusono se patentiza.   Lectura completa

Datos generales

Estado de la sentencia: Firme
Dependencia: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires
Jurisdicción:Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires

Cómo citar este artículo

Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires: “T. J. L. c/ Caja de Seguros S.A. s/ Daños y Perj. Incump. Contractual (Exc.
Estado)” https://drive.google.com/file/d/1JTIyUS1WWUzOtTY8qGNDG5NTfshyyw_0/view?usp=drive_link

 

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