Reseña
“….Que a pesar de las distintas oportunidades en que este Tribunal ha intimado al experto para que amplíe y/o aclare su dictamen, bajo apercibimiento de aplicar los arts. 459, 467 y 468 y sgtes. del CPCC (véase resoluciones de fs. 559, 577, 725 y 742/743), se advierte que el Contador ... no ha respondido a cada uno de los puntos que le fueran requeridos, ni ha brindado en sus distintas presentaciones aporte científico impidiendo arribar a la verdad material en virtud de la acción principal aquí articulada;
“Los expertos asesores de los jueces tienen el deber imperativo de cumplir con los cometidos que se le han encargado judicialmente, con el objeto de evitar en todo lo posible el fracaso de la prueba pericial o las injustificadas demoras en su producción. El Código Procesal Civil y Comercial de Buenos Aires -art. 468- ha sido particularmente severo con el perito que después de aceptar el cargo pretende desvincularse del cumplimiento de su cometido -en el caso, no respondió a los pedidos de explicaciones- y obliga a designar otro en su reemplazo. ...Lectura completa
Datos generales
Laudo
Dependencia: Tribunal de Arbitraje General del Colegio de Abogados de San Isidro
TA 197 "...LTDA. C/ ...... S/ Rendición de cuentas y restitución de bien mueble” Tribunal de Arbitraje General del Colegio de Abogados de San Isidro. https://docs.google.com/document/d/1L67Prv9hGZGcVolR_RufahvIotAC7C9o/edit