Reseña
“…..En los términos del art. 57 del RUCA, el recurso de nulidad se plantea contra el Laudo final para su revisión ante el Superior, siendo que es improcedente su interposición contra una medida cautelar, por lo que anticipando nuestro pronunciamiento el recurso intentado no tendrá favorable acogida.
Este Tribunal entiende que el recurso intentado, en rigor de verdad, se trataría de un pedido de reposición contra la resolución atacada mediante la cual se hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la actora; ello en virtud de que el pedido ha sido dirigido al propio Tribunal. En tal sentido advertimos que, de ser así, el plazo para interponer la reposición, se encuentra vencido….”
“…..Como ya hemos dicho la nulidad se interpone contra el Laudo y no contra una medida precautoria; conforme el art. 25 del RUCA las medidas precautorias son irrecurribles.
Por otra parte, no se cumplen las condiciones de admisibilidad del recurso interpuesto, dispuestas por el RUCA, art. 57 segundo párrafo ni por el CPCC, art. 798 segundo párrafo. En el escrito a despacho, el Sr. ... también impugna la medida cautelar respecto de los accesorios de la máquina biocompostadora objeto de estos autos. ...Lectura completa
Datos generales
Laudo
Dependencia: Tribunal de Arbitraje General del Colegio de Abogados de San Isidro
TA 197 "...LTDA. C/ ...... S/ Rendición de cuentas y restitución de bien mueble” Tribunal de Arbitraje General del Colegio de Abogados de San Isidro. https://docs.google.com/document/d/1LEUUqi07mpFHVY1mNbKgauYsmHB_9XAY/edit