Reglamento de Instrumentos Privados
Solicitud de registración de instrumentos privados
(*) Arancel 2 jus arancelarios
Solicitud de registración de testamentos ológrafos
(*) Arancel 4 jus arancelarios
(*) REGISTRO DE INSTRUMENTOS PRIVADOS. VALORES PARA EL AÑO 2014. El Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia, mediante Resolución número 031/14, ha unificado el arancel para la prestación de este servicio en toda la provincia (art. 11 del Reglamento dictado cfr.Res. N° 267/98), en los siguientes valores: a) De dos (2) jus arancelarios para la registración de instrumentos privados. b) De cuatro (4) jus arancelarios para la registración de los testamentos ológrafos.