La Comisión de los Derechos Humanos de este Colegio en reiteradas oportunidades (11-05-11; 17-08-11; 05-02-13) avisó sobre las serias falencias detectadas en la DDI de San Isidro de la Policía de la Prov. de Buenos Aires, recomendando en la elevación de los informes, se reubicaran a los detenidos en Unidades penitenciarias dignas que contemplen las condiciones de salubridad, higiene y seguridad adecuadas para un debido respeto de los derechos humanos.
A casi dos años de realizada la primer visita, se advirtió que tales deficiencias no fueron modificadas, a pesar de que esta Institución las hizo saber a las autoridades pertinentes.
Teniendo en cuenta que el Estado ha solicitado la cooperación de los Colegios de Abogados con el objeto de dar cumplimiento a las Normas Constitucionales y Tratados Internacionales y el acatamiento de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de Reclusos adoptada por la O.N.U., -así como las restantes normas de carácter local que rigen la materia-, es que se consideró irrenunciable la interposición de un habeas corpus, en atención a las condiciones de los calabozos de la DDI, en donde no existen siquiera ventanas que permitan la entrada o circulación de aire y luz natural. Por ello se peticionó la clausura de los calabozos correspondientes a la Dirección Departamental de Investigaciones de San Isidro, debiendo trasladarse a las personas allí alojadas a lugares de detención que resguarden la dignidad humana, con comunicación a las dependencias a cuya disposición se encuentren.
El 25 de febrero del corriente año este Colegio de Abogados interpuso la acción de Habeas Corpus ante el Juzgado de Garantías nro. 4 a favor de los detenidos alojados en la D.D.I. de San Isidro.
El 27 de febrero, el Juzgado a cargo del Dr. Esteban E. Rossignoli resolvió no hacer lugar al recurso interpuesto a la par de hacer saber al Titular de la DDI de San Isidro, que deberá adoptar los recaudos pertinentes para que las personas allí alojadas no excedan los tiempos previstos para el alojamiento en dependencias policiales.
Esta breve introducción a modo de presentación, va acompañada del informe elaborado por el Dr. Hernán D.A. Asensio Fernández de fecha 5 de febrero de 2013 en relación a la visita a la DDI antes mencionada; el texto íntegro del recurso interpuesto por el Colegio y la resolución pertinente.
Informe del Dr. Asensio Fernández
Recurso de H. Corpus a favor de los detenidos alojados en la DD de San Isidro
Resolución del Juzgado de Garantías nro. 4 de San Isidro, 27/02/2013