Responsabilidad por daños | Derecho areonáutico

  • Responsabilidad por daños | Derecho areonáutico
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*Infografía generada en Área Académica

 

La responsabilidad por daños en el derecho aeronáutico

La autonomía del derecho aeronáutico motiva un régimen de responsabilidad particular
  • Responsabilidad administrativa (infracciones y faltas)
  • Responsabilidad penal (ilícitos aeronáuticos)
  • Responsabilidad por daños (a terceros en superficie, por abordaje y en el transporte  respecto a pasajeros, equipaje  y carga)

Debido a la falta de armonización de la normativa nacional con la internacional, un mismo hecho puede arrojar soluciones distintas a las víctimas del mismo accidente

Transporte interno | Transporte internacional

-En el transporte interno las indemnizaciones son limitadas a determinados montos, expresados en argentinos oro

 

-En cambio, en el transporte Internacional existe un doble Sistema de responsabilidad

  • Objetivo con indemnizaciones limitadas expresadas en derechos especiales de giro
  • Con inversión de la carga de la prueba, sin tope indemnizatorio, que contempla –entre otros aspectos- el pago de prestaciones  anticipadas a cuenta de la indemnización definitiva

 

Ciertas sentencias evidencian la tensión entre los derechos aeronáutico  y del consumidor