23
Dic
2015

Absoluta inconveniencia por designación de Jueces de la Corte en comisión

Ante el dictado del Decreto Nº 83/2015 por parte del PEN que designó Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en comisión, con invocación de lo dispuesto por el inc. 19 del artículo 99 de la Constitución nacional, el Colegio de Abogados de San Isidro hace saber la siguiente declaración:

Declaración

Ante el dictado del Decreto Nº 83/2015 por parte del Poder Ejecutivo Nacional que designó Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en comisión con invocación de lo dispuesto por el inciso 19 del artículo 99 de la Constitución nacional, el Colegio de Abogados de San Isidro, que durante sus cincuenta años de existencia ha dado estricto y fiel cumplimiento al mandato ético superior de la abogacía que le impone defender el estado de derecho, la democracia y las instituciones republicanas, hace saber:

Que más allá de las distintas interpretaciones que puedan darse a la norma indicada, las mismas tienen siempre sentido estricto, en razón de constituir las facultades otorgadas, una excepción al sistema de designación de los Jueces.

Que la cuestión suscitada impone un examen riguroso en cuanto se trata de la conformación del Máximo Tribunal de la República que es intérprete en última e inapelable instancia de las disposiciones de la Constitución nacional y salvaguarda de los derechos y garantías de todos los argentinos.

Que sobre la base de lo anterior no resultan objetivamente verificadas razones de urgencia o impedimentos de tal magnitud que impidan la designación de Jueces por medio del mecanismo constitucional regular (propuesta del Poder Ejecutivo y acuerdo del Senado) a los que se añade el cumplimiento de recaudos y etapas previstas en el Decreto 222/2003.

Que en tal sentido este Colegio de Abogados ya se ha pronunciado sobre la absoluta inconveniencia de que existan jueces provisorios, cualquiera sea el nombre que se les dé, por constituir una grave alteración de la independencia judicial que es consustancial a la división de poderes propia del sistema republicano de gobierno.

Que es necesario señalar una vez más que el respeto a las instituciones y su regular funcionamiento, constituyen requisitos de ineludible cumplimiento para la plena vigencia del Estado de Derecho.

San Isidro, diciembre de 2015

 

Noticia relacionada. Exhortación ante designación de Jueces-.

Noticias

La Comisión de Administración de Justicia del COLPROBA, cuya coordinación está a cargo del Dr. Santiago Quarneti, sesionó hoy con 23 representantes de los 18 colegios departamentales. Contó con la presencia, como invitado especial, del Dr. Rodrigo Bidonda (Juez del Depto. Judical de Azul). Más detalles.
Frente a la difícil situación social de nuestra Patria convocamos a realizar un aporte solidario para llevar una ayuda a aquellas familias que están pasando una ardua situación debido a las consecuencias del Covid. Lo recolectado lo entregaremos en asociaciones, merenderos, comedores y familias de la Zona Norte. Gracias por colaborar y difundir esta noticia.
9/7/1816- 9/7/2020.
En un nuevo aniversario de la Declaración de la Independencia Argentina, invitamos a mantener viva la historia que marca la memoria de la Patria, para superar situaciones tan adversas como las hoy transitadas.
Agradecemos a las Abogadas y Abogados por su compromiso y por su empuje en el sistema electrónico de trabajo.
Entre la noche del 6 y la madrugada del 8 de Julio del año 1977, fueron secuestrados nuestros colegas Oscar Centeno, Raúl Hugo Alais, Salvador Manuel Arestin, Camilo Ricci, Carlos Bozzi y Tomás Fresneda, en la Ciudad de Mar del Plata. Para recordar a todos los abogados víctimas de la sangrienta dictadura militar, se eligió este suceso, haciéndolo conocer como “La Noche de las Corbatas”.