04
Oct
2015

Acuerdo 3778/15. Nuevo Reglamento de los Registros Públicos

Fue dictado el acuerdo 3778/15 por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, ante la necesidad de adecuar las disposiciones contenidas en los Acuerdos y Resoluciones de la Suprema Corte, que resultan afectadas por el nuevo régimen legal. Texto completo

Fue dictado el acuerdo 3778/15 ante la necesidad de adecuar las disposiciones contenidas en los Acuerdos y Resoluciones de la Suprema Corte, que resultan afectadas por el nuevo régimen legal. Los cambios incorporados por el nuevo Código alcanzan aspectos centrales como los sujetos de derecho, ahora considerados como personas humanas o jurídicas, sin diferenciar la calidad de comerciantes; la unificación de los contratos civiles y comerciales y la incorporación de nuevas figuras contractuales. 

  • Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, 16 de septiembre de 2015
  • Acuerdo 3778/15. Nuevo Reglamento de los Registros Públicos (ex Registros Públicos de Comercio). Anexo

Noticias

Conforme el texto de la ley de la provincia de Buenos Aires nro. 12983 el jueves 16 de noviembre del corriente, se festejará el Día del empleado judicial en el ámbito bonaerense, con cese de actividad judicial para todos los fueros de la Provincia. La noticia ha sido publicada en el portal web de la SCBA. Más abajo se transcribe la ley antedicha.
Se encuentra disponible el servicio de solicitud de partidas en línea mediante un link directo al Registro de las Personas. Los pasos a seguir para completar el trámite y generación de la boleta para su pago. Partidas gratuitas y partidas pagas.
Ante reiteradas medidas de fuerza tomadas por la AJB, este Colegio exige que: se garantice el libre acceso a Tribunales, las Mesas de entradas permanezcan abiertas, funcionarios y jueces estén a disposición de letrados, se reciban todos los escritos y se tomen las audiencias. Protocolo por incumplimientos y cursos de acción.
La “Caratula de Presentación de Documentos Judiciales” implementada por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires acompañará a toda la documentación judicial proveniente de órganos jurisdiccionales de la Provincia, con exclusión de la que se refiera a servicios de publicidad y medidas cautelares: será obligatoria a partir del 3/7/17.
A disposición de los interesados los modelos de poder general y especial conforme lo normado por los arts. 284, 285, 363 y 1319 del Código Civil y Comercial (principio de libertad de formas) y los arts. 1015 y 1017 del mencionado Código (en cuanto a la no exigencia expresa de instrumento público para la acreditación del mandato para intervenir en juicio). Jurisprudencia.