Institucional

Colegio de Abogados de San Isidro

  • Sede central.  Martín y Omar 339. San Isidro (1642) | Tel.: (+54 11) 732 0303
  • Sede académica. Acassuso 442 | San Isidro (1642) | Tel.: (+54 11) 4743 5720 
  • Sede Pilar. Independencia 707 esquina San Martín| Pilar (1629) | Tel.: 0230 466-4311

El Colegio de Abogados de San Isidro, fundado en 1965 rige su desenvolvimiento conforme a lo establecido por la ley 5177, que establece la colegiación obligatoria en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

Es una persona de derecho público no estatal sin fines de lucro. No posee ningún tipo de subsidio y se sostiene exclusivamente con el aporte de sus matriculados.

Desde sus orígenes, 8/10/1965, se ha consustanciado en la problemática e incidencia socio‐cultural, económica y política del profesional.

Se trabaja con todos los medios disponibles que propendan al bienestar del abogado/a, tal como lo manda la ley.
El empeño demostrado por sus autoridades en defensa del Estado de Derecho y el imperio de la ley como baluarte de la Justicia, han consagrado al Colegio de Abogados de San Isidro en un genuino referente de la abogacía argentina y la sociedad en su conjunto.

Noticias

Las autoridades del Consejo Directivo y los Ex Presidentes del Colegio de Abogados de San Isidro, con hondo pesar lamentan comunicar el fallecimiento del Dr. Adrián Rubén. Lamacchia acaecido en el día de la fecha. Vayan las más sentidas condolencias a sus familiares, colegas y amigos.
Los invitamos a reflexionar con el Dr. Guillermo Sagués, sobre la judicialización del DNU 241 y la negativa de la presencialidad de los alumnos del AMBA por un plazo de 15 días, en un reportaje muy claro y ameno.
Con profundo pesar las autoridades del Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro hacen saber que ha fallecido el Dr. Eduardo Néstor de Lázzari. Vayan nuestras más sentidas condolencias a sus familiares, colegas y amigos.
El Presidente del Colegio, convocó a las Comisiones de Administración de Justicia, de Informática y a los respectivos Institutos del CASI para que se expidan aportando sugerencias y observaciones en relación al Ac. N.º 4013 de la SCBA. Excepción por discapacidad visual.
Los invitamos a escuchar un reportaje al Dr. Fulvio Santarelli quien a la par de comentar cuestiones vinculadas a las falencias del servicio de justicia, al afán colaborativo del Colegio de Abogados, a las incumbencias del Ministerio de Justicia y otros temas de actualidad, formuló propuestas superadoras.