Institucional

Colegio de Abogados de San Isidro

  • Sede central.  Martín y Omar 339. San Isidro (1642) | Tel.: (+54 11) 732 0303
  • Sede académica. Acassuso 442 | San Isidro (1642) | Tel.: (+54 11) 4743 5720 
  • Sede Pilar. Independencia 707 esquina San Martín| Pilar (1629) | Tel.: 0230 466-4311

El Colegio de Abogados de San Isidro, fundado en 1965 rige su desenvolvimiento conforme a lo establecido por la ley 5177, que establece la colegiación obligatoria en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

Es una persona de derecho público no estatal sin fines de lucro. No posee ningún tipo de subsidio y se sostiene exclusivamente con el aporte de sus matriculados.

Desde sus orígenes, 8/10/1965, se ha consustanciado en la problemática e incidencia socio‐cultural, económica y política del profesional.

Se trabaja con todos los medios disponibles que propendan al bienestar del abogado/a, tal como lo manda la ley.
El empeño demostrado por sus autoridades en defensa del Estado de Derecho y el imperio de la ley como baluarte de la Justicia, han consagrado al Colegio de Abogados de San Isidro en un genuino referente de la abogacía argentina y la sociedad en su conjunto.

Noticias

“Sugerir al Poder Ejecutivo que no acepte la renuncia presentada por el Magistrado Titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº 5, Dr. Norberto Oyarbide hasta tanto concluya el actual proceso investigativo llevado adelante en el Consejo de la Magistratura de la Nación y, que en caso de ser procedente su acusación, se tramite el jury de enjuiciamiento respectivo”. Declaración.
El Colegio de Abogados del Departamento Judicial Trenque Lauquen será anfitrión del IV Encuentro Provincial de Dirigentes, a realizarse el jueves 21 y viernes 22 de abril, con distintas actividades a desarrollarse en cuatro sedes distintas: la sede colegial, el Teatro Español, la Casa de la Historia y la Cultura del Bicentenario y el Cine Jardín. Más información
El Colegio de Abogados de San Isidro no ha adherido al sistema de asesoramiento jurídico, por abogados de la matrícula, previsto en el artículo 64 bis de la ley Nº 10.149, en las delegaciones Regionales de Trabajo y Empleo del Ministerio de Trabajo; y a sus protocolos anexos.
Hace 34 años la Argentina decidió recuperar sin tomar todas las precauciones del caso, el territorio malvinense por considerarlo propio desde su toma por el imperio británico en 1833.Fue desde ese mismo momento que las claras aguas del Atlántico, señalaron que nuestras islas están cada vez más próximas a nosotros y de nuestros corazones. Declaración
Minuta de la reunión conjunta celebrada el 31 de marzo en La Plata, entre los Presidentes de todos los Colegios de Abogados departamentales y los representantes de los centros y/o institutos de cada una de las instituciones que consideró y evaluó las posibles reformas, a raíz de la iniciativa propiciada por el Gobierno provincial de modificar la Ley de Mediación.