26
Sep
2014

Amparo. ANSES Res.479-14. Modelo carta documento

Modelo de carta documento de reserva de derecho a disposición de los colegas que quieran reempadronarse sin consentir las disposiciones de la resolución 479/2014. Antecedentes, medida cautelar y más acciones en relación a los autos caratulados “Colegio de Abogados de Provincia de Buenos Aires y otros c/ ANSES s/ Amparo Ley 16986 FLP 2366/2013”

Ponemos a disposición un modelo de carta documento de reserva para los colegas que quieran proceder a reempadronamiento en la ANSES sin consentir las disposiciones dictadas de la resolución nro. 479 del corriente año.

Asimismo adelantamos el escrito que el Colegio de Abogados Provincial presentará en el juicio en trámite ante el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 4 Secretaria 12 de La Plata,  caratulados “Colegio de Abogados de Provincia de Buenos Aires y otros  c/ ANSES s/ Amparo Ley 16986 FLP 2366/2013”. En dichos autos se encuentra dictada la medida cautelar vigente.

A título ilustrativo se adjunta el escrito de demanda promovida oportunamente.


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En una solicitada se le recuerda a la ANSES que el poder de policía sobre la actuación profesional de los abogados recae en los Colegios profesionales por manda constitucional. Exigen se pongan a disposición turnos para los abogados apoderados. Se deje de instar a las personas de la tercera edad para que prescindan de asesoramiento letrado en trámite jubilatorios. Campaña publicitaria. San Isidro, 19 de septiembre de 2014.

Por resolución 479/14 -publicada en el BO el 10/9/2014- creose el nuevo Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para ejercer la representación de los titulares de derechos o sus causahabientes ante la ANSES para tramitar prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Requisitos. Texto completo. San Isidro, 11 de septiembre de 2014.

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El Registro Provincial de las Personas, a través de la Disposición 1366/16, aprobó cambios en la confección de distintos modelos de oficios. La normativa vigente establece que todas las resoluciones judiciales que den origen, alteren o modifiquen el estado civil o la capacidad de las personas, deberán ser remitidas al Registro de origen de la inscripción para su toma de razón.
Desde el 15 de junio, regirá un nuevo sistema de generación del Bono Ley 8480. Con el nuevo procedimiento el abogado ya no ingresará más con su tomo y folio. Lo hará, la primera vez, mediante la carga de su CUIT y de una clave que la genera en el propio programa. Así, cada vez que ingrese para generar un bono lo hará con su clave.
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