27
Abr
2015

ANSES. Suspendida Res.479/14 para abogados bonaerenses

Suspendida la aplicación de la resolución 479/14 para los abogados matriculados en la Provincia de Buenos Aires. Sentencias dictadas en razón de las acciones interpuestas por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires en relación a las medidas dictadas por la ANSES.Textos completos

A continuación se dan a conocer las  sentencias dictadas por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, en las acciones de AMPARO (Expediente Nº 2244/2366-2013) e INCONSTITUCIONALIDAD (Expediente Nº 41624/2014), iniciadas por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires:

  • 1) AMPARO: Confirma la resolución del Juez de 1º Instancia, apelada por la ANSES (que intimó al titular del organismo al cumplimiento de la medida cautelar dictada con fecha 4/10/2013). Consultar
     
  • 2) INCONSTITUCIONALIDAD: Confirma la resolución del Juez de 1º Instancia, apelada por la ANSES, que le ordenaba al organismo abstenerse de aplicar la Resolución Nº 479/2014 (Registro de Abogados), por lo tanto suspendiendo su aplicación a los profesionales matriculados en los Colegios de Abogados de la Provincia de Buenos Aires. Consultar
Fuentes
COLPROBA

Noticias

El Senado bonaerense dio media sanción al proyecto de Ley de Honorarios que, en sus aspectos sustanciales, fue promovido por el COLPROBA. Este es el resultado de un arduo trabajo y de un accionar permanente del Colegio de Abogados provincial, en el que el Colegio de Abogados de San Isidro, tiene muy activa participación.
El 27 de diciembre de 2016 el Jurado de Enjuiciamiento resolvió por unanimidad en sesión especial convocada al efecto declarar la admisibilidad de los cargos formulados, y suspender a la Jueza Dra. Alejandra Velázquez en el desempeño de su cargo.
Deberemos todos poner lo mejor de cada uno para encontrar un camino que permita poner de pie a la Justicia, garantizando su independencia como derecho del pueblo y no como privilegio mal concebido, generando los mecanismos para que designaciones y remociones sean basadas en elementos objetivos que determinen merecimientos y castigos con equilibrio, teniendo cuenta que primero y por sobre todo está la República.
Ante la profunda preocupación relacionada con el conflicto gremial en que se encuentra inmerso el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, que conlleva la indefensión que sufren los habitantes de los distintos departamentos judiciales al quedar privados del normal acceso al servicio de administración de justicia, se han solicitado sendas audiencias a la Corte Provincial y a la Gobernación bonaerense.
El aspecto central de la reforma propuesta cuál es de reafirmar el rol de las Comisiones Médicas y establecer un procedimiento obligatorio y excluyente ante ellas como paso previo e imprescindible a iniciar una demanda judicial, no puede ser compartido, dado que el articulado al respecto resulta notoriamente inconstitucional. Dictamen completo emitido el 7/12/2016