26
Dic
2014

Anuncian paro en Tribunales, lunes 29 y martes 30

Se hace saber que la Asociación Judicial Bonaerense resolvió convocar a un paro total de actividades de 48 horas el lunes 29 y martes 30 de diciembre. * Atención Colegas: vigencia de la Res. SCJBA 415/12, que asegura la atención de las mesas de entradas. Advertencia del Colegio.

Se hace saber a los Sres. Colegiados y usuarios en general que la Asociación Judicial Bonaerense resolvió convocar a un paro total de actividades de 48 horas el  lunes 29 y martes 30 de diciembre del corriente. Los fundamentos de la medida se encuentran disponibles en el sitio web de dicha Asociación.

Por otra parte recordamos a los Colegas que se encuentra vigente la resolución nro. 415/12 emitida por la Presidencia de la SCJBA, cuyo texto transcribimos más abajo. El art. 1° de dicha resolución asegura la atención de las mesas de entradas, que deberán permanecer abiertas durante toda la jornada laboral.

  • Ante esta medida de fuerza del personal judicial anunciada sorpresivamente para los últimos dos días hábiles del año, el Colegio de Abogados de San Isidro hace saber a sus matriculados que denunciará a aquellos jueces y funcionarios que no den estricto cumplimiento a las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia que disponen que debe garantizarse el funcionamiento del Poder Judicial.
  • El Colegio adoptará todas las medidas necesarias que coadyuven a dicho propósito. 
  • Asimismo verificará que las mesas de entradas se encuentren debidamente abiertas al público, la celebración de audiencias, y la recepción de escritos con o sin vencimiento de plazos procesales. 
  • En caso de no cumplirse con las disposiciones de la Suprema Corte, el Colegio hará público los nombres de los responsables como paso previo a la radicación de denuncias y acusaciones que corresponden, de conformidad con las normas disciplinarias ( A.C 3354) y las que regulan el enjuiciamiento de jueces y funcionarios (ley 11683).

 


Texto completo. SCJBA, La Plata 22 de abril de 2012. Resolución 415  (Versión pdf)

..."POR ELLO, el Señor Presidente de la Suprema Corte de justicia, en ejercicio de las facultades que le son propias: RESUELVE

ARTÍCULO 1°: Asegurar la atención de las mesas de entradas, que deberán permanecer abiertas durante toda la jornada judicial. A tal efecto, los titulares y funcionarios pertinentes tendrán presente lo dispuesto en el artículo 3, puntos b) y c) de la medida judicial aludida consistente en "que en el caso en que los empleados no precien funciones, los funcionarios y el propio titular estén a disposición de los letrados para su atención en la mesa de entradas”. Los titulares de los órganos judiciales deberán notificar personalmente la medida a los funcionarios del juzgado o Tribunal a su cargo. En aquellos departamentos judiciales en los cuales funcionen mesas receptoras de escritos, la atención de las mismas deberá ser garantizada por el funcionario a cargo.
ARTÍCULO 2°: De igual manera deberá cumplimentarse lo resuelto en el artículo 3, punto d) de la medida cautelar indicada, consistente en que "se reciban todos los escritos que se presenten (con y sin habilitación), como así también cédulas, mandamientos y oficios a control, y se despachen en debido tiempo y forma".
ARTÍCULO 3°: Hacer saber a los Jefes de las Oficinas y Delegaciones de Mandamientos y Notificaciones de todos los departamentos judiciales y a los Jueces de Paz lo resuelto en el artículo 3, punto d) de la resolución adoptada por la mencionada magistrada, a saber: "que la oficina de mandamientos y notificaciones recepcione todas las cédulas y les de la debida tramitación correspondiente"
ARTÍCULO 4°: Convocar, por intermedio de la Dirección General de Mandamientos y Notificaciones a todos los Jefes de las Oficinas y Delegaciones de Mandamientos y Notificaciones a una reunión con carácter de urgente a celebrarse en la ciudad de La Plata el día 24 de abril a las 16 horas.
ARTÍCULO 5°: Convocar al Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires a la reunión a celebrarse en esta Presidencia el día 25 de Abril del corriente a las 16 horas a los fines de analizar posibles mecanismos de agilización ante eventuales dificultades y, en particular considerar aspectos alternativos de notificación, hasta tanto culmine el proceso de implementación de las notificaciones por medios electrónicos previsto en el Acuerdo 3540, cuya concreción en el más breve plazo queda encomendada a los organismos de la Suprema Corte pertinentes.
ARTÍCULO 6°: Instar a los magistrados a que extremen los recaudos a los efectos de efectivizar lo dispuesto en el artículo 3o, punto f) de la citada Resolución: "que se celebren todas las audiencias fijadas".
ARTÍCULO 7°: Encomendar a las Cámaras de Apelación Departamentales a cargo de la superintendencia el control efectivo del cumplimiento de las medidas dispuestas en la presente Resolución.
ARTÍCULO 8°: La Suprema Corte, por intermedio de las dependencias correspondientes, arbitrará los medios necesarios para el debido contralor y supervisión de lo dispuesto en los artículos precedentes.
ARTÍCULO 9°: Regístrese, póngase en conocimiento de la Suprema Corte y notifíquese a todos los organismos jurisdiccionales de la Provincia de Buenos Aires y demás dependencias de la Suprema Corte, a la Sra. Procuradora General de la Suprema Corte, a la Asociación Judicial Bonaerense, a la Fiscalía de Estado, al Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, al Colegio de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires, con copia de la Resolución adoptada por la dicha magistrada con fecha 20 de abril del corriente año.
Hágase saber asimismo a la titular del Juzgado Correccional N°1 del Departamento Judicial La Plata,
FIRMADO: EDUARDO NESTOR de LAZZARI, Presidente, RICARDO MIGUEL ORTIZ, Secretario.

Fuentes
Asociaciòn Judicial Bonaerense

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