13
Mar
2015

Asociación de Abogados Jubilados del Colegio de Abogados de San Isidro

A.A.J.U.C.A.S.I. significa Asociación de Abogados Jubilados del Colegio de Abogados de San Isidro, que se ha constituido recientemente como Asociación civil sin fines de lucro, con el propósito de fomentar el vínculo entre pares retirados y mejorar las condiciones de las prestaciones.

A.A.J.U.C.A.S.I.

Asociación de Abogados Jubilados del Colegio de Abogados de San Isidro

En el Departamento Judicial de San Isidro, se ha constituido  la “ASOCIACION DE ABOGADOS JUBILADOS DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE SAN ISIDRO” cuya personería  como Asociación civil sin fines de lucro fue reconocida en  fecha 15 de diciembre de 2014, por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.- (Resolución  DPPJ:009839).-

Conforme su estatuto el objeto fundamental de la entidad es fomentar el vínculo entre los pares retirados que tengan interés en mejorar las condiciones de todas las prestaciones que se deriven de su calidad de profesionales en situación de pasividad laboral, manteniendo contacto habitual con los directores representantes de los Jubilados del Departamento judicial de San Isidro e integrantes de la Comisión Directiva de la Caja de Previsión para Abogados de la Provincia de Buenos Aires.-

Las autoridades son los Dres. y las  Dras.:
Presidente: Luana Luccioni
Vicepresidente: Jorge G. Sumay
Secretaria: Nélida  L. Domenech
Prosecretaria: Elayne M. Martínez Errecalde
Tesorero: Jorge A. Sabbatini
Protesorero: Rubén D. Re
Vocales: Arturo H. Martínez, Alberto E. González Font, Alberto Noguero y Susana Spada.
Comisión Revisora de Cuentas: Roberto Muguillo y Norberto A. Simonetti.

El domicilio social se encuentra en la calle Martín y Omar Nro.339,  del Partido de San Isidro, celebrando sus reuniones los jueves, primeros, terceros, y quintos de cada mes, a partir de las 17:00.
Quedan invitados todos los colegas que deseen acompañarlos (mail: [email protected] ).-
 

Noticias

Durante el transcurso de la jornada de hoy -16/5/14- se llevó a cabo la Asamblea General Ordinaria conforme lo establece la ley 5177, sometiéndose a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1/2/2013 al 31/1/2014. Asimismo se celebró el acto eleccionario de renovación de autoridades.Resultados.
De acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2013 al 31 de enero de 2014 de nuestro Colegio.
La Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización e Integración del Código Penal de la Nación, designada por el Decreto 678/12, ha elevado al Poder Ejecutivo el resultado de sus trabajos, concretados en los documentos: el Anteproyecto de Código Penal y la Exposición de Motivos. Textos completos para examinar
En relación al proyecto para la reforma y unificación de los Códigos Civil y Comercial, como asimismo de la presentación del Poder Ejecutivo referida a la responsabilidad del Estado, invitamos a los colegas interesados a analizar y compartir sus reflexiones sobre estos temas.
Se comunica a los interesados que respecto al anteproyecto relacionado con la reforma de los artículos 27 y 28 del decreto 2310/10, el Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro ha remitido expresas instrucciones para peticionar su retiro. Actualización: Acta del 16-4-2014.