16
Mayo
2014

Autoridades electas 2014

Durante el transcurso de la jornada de hoy -16/5/14- se llevó a cabo la Asamblea General Ordinaria conforme lo establece la ley 5177, sometiéndose a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1/2/2013 al 31/1/2014. Asimismo se celebró el acto eleccionario de renovación de autoridades.Resultados.

 

CASI, 16 de mayo de 2014. Dres. Guillermo E. Sagués y Antonio E. Carabio

Conforme el acto eleccionario celebrado el 16 de mayo de 2014 resultaron electos:

 

 

Presidente: Dr. Guillermo Ernesto Sagués

 

Consejo DirectivoColegio de Abogados de San Isidro. Elecciones: 16 de mayo de 2014

Consejeros Titulares por 4 años
Dra. María del Carmen Bartoszyk de Ferrari
Dr. Juan Fermín Lahitte
Dr. Luciano Juan Locatelli
Dr. Martín Álvarez  Bilbao
Dr. Sebastián Weinschelbaum

Consejeros Suplentes por 4 años
Dr. Germán Diego Balaz
Dra. Fabiana Inés Bellini
Dr. Guillermo Emilio Lindoso
Dra. Martina Inés MateoColegio de Abogados de San Isidro. Elecciones: 16 de mayo de 2014
Dr. Horacio Ramón Vicente López

Tribunal de Disciplina

Miembros Titulares por 4 años
Dr. Enrique Jaime María Perriaux
Dra. Carmen Adelina Storani

Miembros Suplentes por cuatro años
Dr. Hernán Diego Asensio Fernández
Dr. Eber Sergio Leonel Manzón
Dra. Valeria Cynthia Sangregorio

Caja de Prev. Social para Abogados de la Prov.de Bs.As.Colegio de Abogados de San Isidro. Elecciones: 16 de mayo de 2014

Director Titular por 4 años: Dr. Daniel Mario Burke
Director Suplente por 4 años: Dr. Alberto Mario González

* Por lo tanto la composición de autoridades a partir del 1ro. de junio del corriente será la siguiente:

Consejo Directivo
Presidente: Dr. Guillermo Ernesto Sagués

Consejeros Titulares, Dres. / as.
María del Carmen Bartoszyk de Ferrari
Juan Fermín Lahitte
Luciano Juan Locatelli
Martín Álvarez BilbaoColegio de Abogados de San Isidro. Elecciones: 16 de mayo de 2014
Sebastián Weinschelbaum
Yamila Laura Cabrera
Ricardo Morello
Carlos Alejandro Poggi
Martín Alejandro Sánchez
Vicente Serviddio
Susana Villegas

Consejeros Suplentes Dres. /as.   
Germán Diego Balaz
Fabiana Inés Bellini
Guillermo Emilio Lindoso
Martina Inés Mateo
Horacio Ramón Vicente López
Gisela Hörisch
Guillermina Soria
Luis Enrique Tapponier
Alberto Zevallos

Tribunal de Disciplina

Miembros Titulares Dres./ as.     
Enrique Jaime María Perriaux
Carmen Adelina Storani
Pedro J. Arbini Trujillo
Hernán Diego Ferrari
Rodrigo Galarza Seeber

Miembros Suplentes Dres. / as.
Hernán Diego Asensio Fernández
Eber Sergio Leonel Manzón
Valeria Cynthia Sangregorio
Sandra D. Cabrera
Jose Zakowicz

Caja de Prev. Social para Abogados de la Prov.de Bs.As.

Directores Titulares Dres./ as.                   
Daniel Mario Burke
Nancy Myriam Quattrini
Mario Carlos Campos

Directores Suplentes Dres./ as.                    
Alberto Mario González
Diego Cortes Guerrieri
Silvia Patricia Abades

Noticias

La grave situación por la que atraviesan los abogados previsionalistas de la provincia de Buenos Aires respecto a la atención que reciben en ANSES y en las distintas UDAI empieza a visibilizar cierto avance hacia alguna solución, aunque, por el momento, es insuficiente. Entrevista televisiva al Dr. Jorge Frega.
Declaración. El Colegio de Abogados de San Isidro expresa su enérgico rechazo al modo inadmisible con que algunos integrantes de la Policía de la Provincia de Buenos Aires efectuaron sus protestas, exhibiendo armas y móviles.
Invitamos a los Colegas a sumarse a la celebración virtual del día del Abogado. Será el sábado 29 de agosto de 2020. Acompáñenos en la transmisión en vivo en nuestras redes a partir de las 11:00.
Así se expresó el Presidente del Colegio, Dr. Santiago Quarneti, refiriéndose al proyecto de reforma judicial, en un reportaje concedido a Radio San Isidro el 14 de agosto próximo pasado.
Dictamen del Instituto de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social del Colegio de Abogados de San Isidro. Com. Médicas. La acción judicial ordinaria se encuentra directamente habilitada para el procesamiento de los siniestros laborales de toda naturaleza, desactivándose el requisito del tránsito administrativo previo pues su cumplimiento es imposible aparejando la violación de los derechos y garantías constitucionales (Const. Nac. art. 18 y Const. Prov. arts. 15 y 39).