05
Ago
2014

Banco Itaú. Rechazo por modificación unilateral. Unificación de reclamos

Se invita a los matriculados que se hayan suscripto a los beneficios acordados por el Banco Itaú en razón del Convenio firmado con el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires (3/3/2011) y que hayan sido objeto de modificaciones y/o cargos no contemplados en el mismo, a canalizar sus reclamos contra el Banco a través del Colegio Departamental correspondiente a cada uno. Formulario.

Gacetilla informativa expedida por el
Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires
respecto al BANCO ITAU

Que, con fecha 3 de marzo de 2011 el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires suscribió un ACUERDO con el BANCO ITAU, cuyo objetivo era facilitar a los matriculados el acceso a bienes y servicios bancarios, que fue difundido por  los Colegios Departamentales.

El convenio comprendía beneficios consistente en servicios gratuitos de originación, emisión, comercialización y renovación de las tarjetas de crédito y Conjuntos “CARD ITAU EXPRESS” y “VIP EXPRESS” con caja de ahorro, tarjeta de Débito para operar en Cajeros automáticos y realizar compras en comercios totalmente bonificadas.

Que, las autoridades del COLPROBA han tomado conocimiento por parte de matriculados que el BANCO ITAU habría modificado unilateral y arbitrariamente de manera inconsulta las cláusulas del convenio, al pretender cobrar cargos de renovación de las tarjetas de crédito a todos aquellos que no realicen determinados consumos mensuales mínimos.

Que, el COLPROBA velando por los derechos de sus matriculados ha dispuesto:

1º) Rechazar cualquier modificación unilateral perjudicial para los intereses de sus colegiados.
2º) Poner en alerta esta situación provocada inaudita parte por el BANCO ITAU.
3º) Convocar a todos los colegiados a canalizar sus reclamos contra la entidad bancaria por ante los Colegios de Abogados departamentales, completando el pertinente formulario de adhesión a las acciones administrativas y judiciales encaminadas.

La Plata, 17 de Julio de 2014. Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires.

Se adjunta el FORMULARIO de adhesión para completar por los matriculados
 (y también un formulario ya completo a modo de ejemplo)

Fuentes
Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires

Noticias

La AJB ha anunciado medidas de fuerza desde el martes 17 al jueves 19 de mayo inclusive, cfr. noticia publicada en su portal web: captura de pantalla.Listado de los teléfonos de Tribunales. Vigencia de la res. 415/12 que asegura la atención de las mesas de entradas. Reclamo del Colegio ante la Corte. Suspensión de términos. Reunión extraordinaria en La Plata, 16/5, 11:oo. Mesa receptora de escritos
Atención: ante el recrudecimiento del conflicto del personal judicial que dispuso mantener el estado de huelga durante toda la semana del 23 al 27 de mayo, el Colegio hace saber que funcionará -durante esos días- la Mesa receptora de escritos en el edificio anexo de la calle Acassuso 442, de 8:00 a 12:00. También en la Delegación de Pilar. Otras noticias.
La AJB ha anunciado: paro el 3 y 4. El jueves 5 de mayo, paro y caravana por distintos lugares de la provincia: noticia publicada en su portal web, cuya captura de pantalla luce a continuación. A disposición el listado de los teléfonos de Tribunales. En destacado: vigencia de la res. 415/12 que asegura la atención de las mesas de entradas. Exigencia del Colegio ante la Corte
La Resolución nro. 3272/15 de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires hizo lugar a la coexistencia del sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas con el de presentaciones en formato papel hasta el primer día hábil del mes de mayo de 2016. Además: Guía ilustrada sobre Presentaciones y Notificaciones electrónicas.
El 22-12-2015, la Cámara II de La Plata, Sala II,en la causa n° 119.545 "Esperanza Créditos La Plata S.A. c/ Rivadeira Elva Nieves y otro/a s/cobro ejecutivo”, aplicó respecto de los honorarios en ejecución, intereses calculados a la tasa activa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a 30 días desde la mora y hasta el efectivo pago. Fallo completo