16
Sep
2016

Boletín Oficial Provincial digital. Efectos jurídicos

A raíz de las gestiones realizadas desde el COLPROBA, -con participación activa del CASI- se logró que progrese el servicio del Boletín Oficial de la Prov. de Buenos Aires, cuya versión digital desde el 29/7/16 tiene carácter oficial y auténtico. Produce idénticos efectos jurídicos que la edición impresa en papel, de acuerdo a lo normado por el artículo 15 de la Ley 14.828. Instructivo

Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires

Versión digital. Efectos 
Desde el 29/7/16 la versión digital del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires tiene carácter oficial y auténtico:  produce idénticos efectos jurídicos que la edición impresa en papel, de acuerdo a lo normado por el artículo 15 de la Ley 14.828

Buscar en la web
La versión digital del Boletín está disponible en el sitio web del Ministerio de Gobierno www.gob.gba.gov.ar haciendo clic en “Boletín Oficial” o ingresando directamente a este link: http://www.gob.gba.gov.ar/Bole/buscador/publico/ desde la cero hora de cada día en el que se edita el Boletín Oficial a través de archivos “pdf” de las distintas secciones y eventuales suplementos.

Base de datos
Asimismo, se ha abierto toda la Base de Datos del Boletín Oficial Electrónico por lo cual se podrán consultar en el mencionado portal todas las ediciones anteriores, desde septiembre de 2002 (en archivos “html” y a partir de octubre de 2010 en archivos “pdf”) hasta la actualidad, las cuales son de libre acceso al público.

Más
Por último, continuan con las gestiones tendientes a poder tasar e imprimir la boleta de pago “on line”, para que los Juzgados ordenen directamente la publicación con firma electrónica agilizando definitivamente el sistema.

 

Noticias

Por Res. SCBA Nº 923/18, del 6/6/18 vinculada a facilitar el acceso automático a la MEV: fueros de familia, penal y responsabilidad penal juvenil, para las partes, sus letrados y representantes, reemplazando la planilla de solicitud vigente hasta la fecha, que queda solamente para quienes son ajenos al proceso, estará disponible desde el 2 de julio del corriente.
Las prestaciones de servicio o las efectuadas en los términos de los mandatos concedidos con sus defendidos, realizadas por los abogadas/os en el ejercicio de su profesión no son de “consumo masivo”, razón por la cual no están obligados a poseer terminales electrónicas P.O.S. para recibir el pago de los honorarios y demás retribuciones mediante tarjetas de débito bancarias. Por ende tampoco el Organismo fiscal está facultado a exigírselo.
La FACA ha sido anoticiada y acusado recibo de presentaciones efectuadas por colegas -a través de algunos Colegios de Abogados- preocupados por exigencias de parte de algunas agencias del fisco nacional (AFIP DGI) relativas a la utilización de posnet (o terminal electrónica) por parte de los abogados, exigencia que no corresponde. Dictamen esclarecedor.
Por resolución 2678/17 dictada el 20 de diciembre por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires se procede a la extensión de la Mesa de Entradas Virtual (MEV) a los sistemas de gestión de los fueros Penal y de Responsabilidad Penal Juvenil. Alcances de la resolución: texto completo.
Jueves 2 de noviembre (2do. encuentro): JORNADAS DE ACTUALIZACIÓN sobre la nueva ley de honorarios en lo que significa una aspiración legítima que revaloriza nuestro ejercicio profesional. Texto de la ley. Invitación académica: Inscripción gratuita. Reserve su vacante. Atención: Jurisprudencia reciente