28
Oct
2016

Carta intención elevada a la SCBA

Ha sido firmada por las autoridades del Colegio de Abogados de San Isidro y el Colegio de Magistrados y Funcionarios de San Isidro, una carta intención acerca del funcionamiento del Sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas, proponiendo mejoras y simplificación de trámites.

Ha sido firmada por las autoridades del Colegio de Abogados de San Isidro y el Colegio de Magistrados y Funcionarios de San Isidro, una carta intención  acerca del funcionamiento del Sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas. Dicho documento, que ya fue elevado para su consideración a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, fue elaborado en conjunto por ambas instituciones y contiene propuestas de mejoras en el ejercicio profesional y simplificación de trámites en el ejercio de las funciones jurisdiccionales.

Carta intención
*Título I- ENUNCIADOS
Capítulo I - OBJETIVO
Capítulo II- COMISIÓN DE ENLACE
Capítulo III- FINALIDAD
*Título II- CUESTIONES PLANTEADAS. FORMULACIÓN DE PROPUESTAS
Capítulo I- CUESTIONES PROPIAS DEL SISTEMA INFORMÁTICO 
Sección I - Insumo excesivo de tiempo 
Capítulo II- PROPUESTAS 
Sección I - Mejora de la conexión
Sección II - Vinculación automática
Sección III - Filtros de firmas
Sección IV -Incorporación de criterios específicos
Sección V - Asignación de presentación directa al despachante
Sección VI- Habilitación para introducir modificaciones
Sección VII - Habilitación para firma conjunta
Sección VIII - Visualización de “a la firma”  y  “ya firmado”
Sección IX - Habilitación para foliar en S. Augusta
Sección X - Orden por ingreso y celeridad
Sección XI - Ingreso directo
Parágrafo I - Ejemplo. Planteos. Planteo 1- Planteo 2 -
Sección XII - Identificación diferenciada
Sección XIII - Opción para trámites más utilizados
Sección XIV - Aceptación e impresión simultanea de varios trámites
Sección XV - Modificación automática de privado a público
Parágrafo I - Lápiz óptico. Parágrafo II - Vinculación electrónica
Parágrafo III -Salvedad por reserva
Sección XVI - Comunicaciones entre dependencias
Sección XVII - Incorporación del saldo bancario
Sección XVIII - Días de notas
Sección XIX - Saldos en línea
Sección XX - Modelos  prefigurados
Sección XXI - Compatibilidad de buscadores
Sección XXII - Procesador de texto
*Título III - CUESTIONES PLANTEADAS. NECESIDADES QUE GENERA EL CAMBIO
Capítulo I - DEMANDA MÁS EXIGENTE
Sección I - Nuevo paradigma
Sección II - Beneficio
Sección III - Necesidad de capacitación
Capítulo II - PROPUESTAS DE MEJORA
Sección I - Capacitación intensiva
Sección II - Dotación de planteles funcionales
*Título IV - CUESTIONES PLANTEADAS PROPIAS
REGLAMENTACIÓN Y APLICACIÓN CASUÍSTICA
Capítulo I. Temas administrativos  y judiciales
Sección I - Carta Poder
Parágrafo I - Propuesta/ Parágrafo II - Ponderación
Sección II - Validez de los documentos  adjuntados en PDF
Sección III - Escritos presentados electrónicamente y también en soporte papel. Solución uniforme
Sección IV - Coexistencia de ambos sistemas
Parágrafo I - Interpretación de dos Acuerdos. Parágrafo II - Implementación de acuerdo a recomendaciones sugeridas
Sección V - Excepciones al Sistema de Notificaciones Electrónicas. Situaciones puntuales de mantenimiento del formato papel
Parágrafo I - Discapacidad visual. Parágrafo II - Abogados jubilados
 

Noticias

Es nuestra responsabilidad social como abogados enarbolar aquellas banderas para que sean recordadas por siempre y a través de ellas no sólo recordar a las víctimas sino también pensar de manera crítica respecto de nuestra historia y los motivos que desencadenaron en tan atroz resultado para así evitar que los argentinos volvamos a vivir momentos de supresión del Estado de Derecho que tanto nos ha costado conseguir.
Apenas conocida la muerte del fiscal Dr. Nisman, el Colegio de Abogados de San Isidro manifestó la grave preocupación que generaban sus circunstancias. Entre ellas, el hecho de haberse producido a escasas horas antes de la oportunidad en que debía presentarse ante el Congreso nacional para explicar y ampliar la denuncia que había formulado días atrás contra las más altas autoridades de la Nación. Nueva declaración.
Ante el dictado del Decreto Nº 83/2015 por parte del PEN que designó Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en comisión, con invocación de lo dispuesto por el inc. 19 del artículo 99 de la Constitución nacional, el Colegio de Abogados de San Isidro hace saber la siguiente declaración:
Ante el dictado del Decreto Nº 83/2015 del PEN que designó Jueces de la Corte Suprema de Justicia Nacional en comisión, el Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Prov. de Bs. As., manifiesta que dicha forma de designación, provoca un estado de incertidumbre entre las Instituciones de la República que afecta la independencia del Poder Judicial.
Las ART ponen en riesgo lo que deberían proteger. El trabajo humano no constituye una mercancía. El hombre es el señor de todo mercado. El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires manifiesta su más enérgico rechazo a la lamentable publicación efectuada por la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, pretendiendo cuestionar la “judicialización” existente en esa materia.