08
Ago
2012

Celebración del día del Abogado, el viernes 31 de agosto

El Colegio invita a sus matriculados a la celebración del "Día del Abogado", el viernes 31 de agosto, en la sede Martín y Omar 339.
Las entradas podrán ser adquiridas en la Tesorería - Acassuso 424, 2 piso- en el horario de 8:00 a 17:00 y en la Sala de Profesionales, -Ituzaingó 340 2* entre piso-- en el horario de 8:00 a 14:00.

"CELEBRACIÓN DEL DÍA DEL ABOGADO"

31 de Agosto 2012

Programa


  • 10:00 Celebración de la Misa  de Acción de gracias y en memoria de los colegas fallecidos
  • 12:00 Juramento
  • 12:15  Entrega de medallas especiales a los abogados que cumplieron 40 y 50 años de ejercicio profesional
  • 14:00 Vino de honor
  • 19:00 Finalización de la Celebración

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Noticias

Invitamos a los colegas a festejar en la sede colonial del Colegio, Martín y Omar 339, el día del Abogado el viernes 30 de agosto de 2013. El programa previsto comienza con una celebración a las diez de la mañana en la Catedral de San Isidro. Tarjetas en venta desde el 8 de agosto. Los esperamos.
El jueves 7 de junio del corriente, el Sr. Juez Federal a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo nro.1 de San Martín, Dr. Carlos Alberto Papavero quien conoce en la demanda promovida por el Colegio (y por derecho propio, su Presidente) contra la aplicación de la ley 26855, dio a conocer su fallo.
El Colegio de Abogados San Isidro, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855.
El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.
De acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2012 al 31 de enero de 2013 de nuestro Colegio.