30
Dic
2014

Comunicaciones electrónicas en la Justicia bonaerense: notificaciones y cronograma

Siempre que esté disponible el uso de la notificación electrónica no se podrá utilizar la notificación en formato papel, salvo que existieran estrictas razones fundadas en contrario. La implementación del sistema se efectuará a partir del 2 de marzo de 2015. Cronograma. Acordada SCJBA nro. 3733

1965-2015. Año del cincuentenario del Colegio de Abogados de San Isidro

A partir del 2015  las comunicaciones y presentaciones judiciales en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Airesl, correspondientes a los órganos y entes estatales, dejarán de efectuarse en "formato papel" y se realizarán a través del sistema de notificación electrónica.

La Suprema Corte de Justicia dispuso por resolución nro. 3733 que  a partir del 2 de marzo del 2015 las notificaciones se lleven adelante por medios electrónicos en todas las dependencias de la Suprema Corte y juzgados y tribunales de los fueros Civil y Comercial, Contencioso Administrativo, de Familia, del Trabajo y Justicia de Paz, los cuales "deberán recibir y tramitar las presentaciones electrónicas efectuadas por los organismos públicos, auxiliares de la justicia y letrados".

Se establece que siempre que esté disponible el uso de la notificación electrónica, "no se podrá utilizar la notificación en formato papel", salvo estrictas razones fundadas en contrario.

Este sistema regirá las comunicaciones de acuerdo al siguiente cronograma:

  • -con los entes públicos provinciales a partir del 4 de mayo de 2015;
  • -con los del Estado Nacional a partir del 1 de julio de 2015;
  • -con las municipalidades a partir del 1º de septiembre de 2015;
  • -para los letrados y auxiliares de la justicia a partir del 1º de febrero de 2016.
     

Leer noticia relacionadaNotificación electrónica: es válida aún sin avisoEl mensaje que el sistema (SNE) envía automáticamente a la dirección de correo electrónico -denunciada por el letrado en oportunidad de la validación de la cuenta de usuario es considerado aviso de cortesía. Sólo pone en conocimiento del destinatario que ha recibido una notificación electrónica, con mención de número de causa y carátula.

Fuentes
SCJBA

Noticias

Los plazos comienzan a correr el día hábil siguiente al de la notificación (art. 156 CPCC), sea esta electrónica o física. O sea, el día de nota siguiente se computa -en lo electrónico- a los efectos de que se produzca la notificación pero, una vez operada la misma, los plazos se computan normalmente.
La SCBA confirmó la necesidad de adjuntar, el escrito original, digitalizado y con firma de la parte, cuando la presentación es efectuada por quien actúa por derecho propio y con patrocinio letrado. Fueron desestimados error material y exceso ritual.
Invitamos a consultar este manual ya que se trata de un compendio de acordadas, resoluciones, tutoriales y videotutoriales de actualidad en el proceso electrónico bonaerense. También incluye las últimas novedades del expediente digital. Detalle de sus contenidos. Reconocimientos.
La Suprema Corte provincial modificó el Acuerdo 3845 que reglamenta las notificaciones por medios electrónicos. Adecuaciones en el Reglamento para la notificación por medios electrónicos.
Incorporación de código QR.
Se trata del Ac. 3997 emitido el 16/12/2020.
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