15
Jun
2014

Multa administrativa por publicidad engañosa

Fue confirmada una multa contra un supermercado, por haber publicado un aviso ofreciendo descuentos en “todos los productos” mientras que en una nota al pie de página y con letra menor, manifestaba las excepciones. Tal conducta prestó a confusión entre los potenciales consumidores, en infracción a la Ley de Lealtad Comercial. Destacados. Fallo completo

Se trata de un fallo -emitido por la Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal- el 6 de mayo de 2014, en los autos caratulados: COTO Centro integral de comercialización SA c/ DNCI-DISP 72/13 (EX S01:450977/10) s/.

Destacados

"...el aviso cuestionado se prestaba a error o engaño en la medida en que en esa publicidad se había expresado que el descuento se aplicaría sobre “TODOS LOS PRODUCTOS”, mientras que las excepciones o salvedades se introdujeron en un nota al pie de página y en una letra de tamaño considerablemente menor, circunstancia que redujo la posibilidad de comprensión inmediata del alcance de la oferta por parte de los potenciales consumidores".

"...cabe recordar que las infracciones a la Ley 22.802 no requieren un daño concreto a los derechos de los consumidores, sino la posibilidad de la existencia de tal daño. Por ese motivo las normas legales imponen pautas y conductas objetivas que deben ser respetadas, bajo apercibimiento de las sanciones previstas en el régimen legal respectivo."
 

Coto Centro Integral de Comercialización S. A. c/ Dirección Nacional de Comercio Interior - Disposición 72/2013 - Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal
CÁMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V. Expediente N°: CAF 028375/2013
Buenos Aires: 06/05/2014

Fuentes
CIJ