Miércoles 14/10/2020, 19:00
COLEGIO DE ABOGADOS DE SAN ISIDRO y UNIVERSIDAD DE SAN ISIDRO
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Miércoles 14/10/2020, 19:00
COLEGIO DE ABOGADOS DE SAN ISIDRO y UNIVERSIDAD DE SAN ISIDRO
Legislación recientemente publicada
Por Acordadas Nº 27/2014 y 28/2014 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación se modificaron los montos de recurso de queja por denegación del recurso extraordinario y al recurso ordinario de apelación.
Sumario
1.-Debe responder la empresa de vigilancia privada por los daños sufridos por los actores al ser robadas sus pertenencias de su casa ubicada en un country cerrado, pues un dependiente suyo facilitó tanto el ingreso como el egreso del vehículo en el que se desplazaban los malhechores, al levantar la barrera en la puerta de, en ambas oportunidades, sin ejercer la función de contralor que debía sobre la identidad de los ocupantes como tampoco sobre lo que transportaba el vehículo.
Protección de los usuarios de los servicios de telefonía: creación del Registro No Llame
* Ley nro. 26951; emitida el 2 de Julio de 2014 y publicada en el Boletín oficial, el 5 de Agosto de 2014
Destacado
Las cuentas de correo electrónico y de "facebook" constituyen una "comunicación electrónica" o "dato informático de acceso restringido", en los términos de los artículos 153 y 153 bis del Código Penal, según la ley 26.388, cuyo acceso sólo es posible a través de un medio que por sus características propias se encuentra dentro de los servicios de telecomunicaciones que son de interés de la Nación.
Destacados
Falta de constitución del domicilio electrónico
La Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó un apercibimiento sobre un letrado por la inobservancia de ese deber.
En el caso de autos, la actora suscribió un contrato formulario con la concesionaria (texto pre- impreso donde las partes llenan blancos para individualizar al cliente, más algunos datos particulares) por el cual adquiría un vehículo. En ese instrumento se determinaba que el vehículo:
Se trata de un fallo -emitido por la Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal- el 6 de mayo de 2014, en los autos caratulados: COTO Centro integral de comercialización SA c/ DNCI-DISP 72/13 (EX S01:450977/10) s/.
Destacados
Con fecha 22 de junio de 2012 la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro en la causa Nro. 75.724, resolvió que la medida de seguridad restrictiva de la libertad ambulatoria de un niño inimputable, conforme el artículo 64 de la ley 13634, es constitucional, toda vez que, se corresponde con parámetros nacionales (en consonancia con el artículo 1 de la ley nacional 22278) e internacionales (arts. 12, 37 y 40 CDN; 7 y 8 CADH; 9, 10, 14 y 15 PDCP), por lo que no vulnera el interés superior del niño.
En la sentencia publicada se considera que si bien el contrato de locación de servicios no existe más en ningún ámbito del derecho; si alguien intentara utilizarlo estaría desarrollando una conducta inconstitucional ya que es principio implícito de nuestra Constitución que el trabajo no es una mercancía y que goza de la protección de las leyes entrando ya ahora en el art. 14 bis.
Ha sido confirmada la validez de la norma por la que se declara reincidente a quien, habiendo antes cumplido una condena de prisión efectiva, comete luego un nuevo delito.
Ser declarado reincidente conlleva como principal consecuencia para el condenado, impedirle que obtenga la libertad condicional.
Vgr. si cumplió con los reglamentos carcelarios, podría salir de la prisión al cumplir las 2/3 partes de la pena impuesta, beneficio que se pierde en el supuesto de reincidencia.
La audiencia será el miércoles 21 de mayo a las 10, en la Sala de Audiencias del Máximo Tribunal ubicada en el cuarto piso del Palacio de Justicia.
"CIJ TV" transmite en vivo.
Conozca los antecedentes:
Conforme la acordada nro. 16 -aún no publicada en el Boletín Oficial, se ha adecuado el monto fijado en el segundo párrafo del artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el importe de pesos cincuenta mil ($ 50.000).
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió una causa en la que se discutió el alcance del derecho a elegir libremente una profesión o empleo y a no ser discriminado en razón del género en el proceso de selección para acceder a un empleo.
La cuestión sometida a debate está relacionada al poder otorgado por una persona jurídica a letrados no matriculados en el ámbito bonaerense y que se presentaron al proceso con patrocinio letrado de una profesional con matrícula local.
Deber alimentario entre cónyuges
- Dispone el cese de pleno derecho de la obligación alimentaria que fuera fijada durante la separación de hecho, una vez decretado el divorcio vincular sin imputación de culpabilidad.
- Entiende que los alimentos establecidos con anterioridad a la sentencia de divorcio revisten carácter provisional, por lo que no se requiere que se configure alguna de las causales previstas en el art. 218 del Código Civil.
Sumario
Acuerdo 3690/14. Aprobación del Reglamento del Registro de Violencia Familiar
Con fecha 5 de mayo de 2014, la Suprema Corte de Justicia acordó aprobar el Reglamento del Registro de Violencia Familiar –en adelante RVF- (art. 18 de la Ley 12.569 -texto s/Ley 14.509-) que como Anexo I forma parte de la presente.
Sendos fallos sobre las "propinas"
-El monto de las propinas del playero de una estación de servicio es integrativo de la remuneración para calcular las indemnizaciones. La percepción de las mismas es una modalidad típica en los operarios playeros, por su contacto permanente con automovilistas.
Un supermercado debió reembolsar a una aseguradora por el hurto del auto de una cliente, estacionado en una de sus cocheras.
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