24
Jul
2013

Protección a los usuarios de servicios financieros bancarios, nueva normativa

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) aprobó el 19 de julio del corriente la Comunicación A-5460, titulada “Protección de los usuarios de los servicios financieros”. La misma introduce modificaciones en su régimen, sobre todo en lo atinente al control del Costo Financiero Total (CFT) de los préstamos que se soliciten. Han sido eliminados algunos cargos administrativos y comisiones. Esta normativa regirá desde el 30 de septiembre próximo.

Por imperio de esta normativa, el concepto general  de la protección a los usuarios de los servicios financieros es el siguiente:

Los usuarios de servicios financieros tienen derecho, en la relación de consumo respectiva, a:

- la protección de su seguridad e intereses económicos;
- recibir información adecuada y veraz acerca de los términos y condiciones de los servicios que contraten, así como copia de los instrumentos que suscriban;
- la libertad de elección; y
- condiciones de trato equitativo y digno.
Los sujetos obligados deberán adoptar las acciones necesarias para garantizar estos derechos a todos los actuales y potenciales usuarios de los servicios que ofrecen y prestan, de manera de asegurarles condiciones igualitarias de acceso a tales servicios.

Desde el 30 de septiembre próximo, día en que el BCRA estipuló que comenzará a regir la normativa, los bancos deberán cobrar cargos y comisiones que representen un costo real, directo y demostrable. La aplicación de cargos y comisiones deberá tener como contrapartida la real prestación de un servicio por parte de las entidades o de terceros. Del mismo modo, no serán admitidos los cargos y comisiones por servicios o productos que no hayan sido solicitados, pactados o autorizados por los usuarios.

Acceda a la lectura detallada de la circular