04
Nov
2014

Contestación de demanda vía web

Poder Judicial de la Nación. Se encuentra disponible el sistema de ingreso de contestación de demanda de manera electrónica. La función está ubicada dentro del módulo "Ingreso de copia de documentos". En imágenes, breve descripción del procedimiento y cuadros de diálogos aplicables.

El Poder Judicial de la Nación, ha puesto en marcha una nueva función dentro del módulo de “Ingreso de Copia de Documentos”, destinada a permitir a los Letrados ingresar al sistema los Escritos de Contestación Web, previo a su presentación en soporte papel.
De esta manera el juzgado podrá requerir, al correr traslado de la demanda a la parte, que el Letrado designado registre, previo a la presentación de la Contestación en el Juzgado,  el documento en formato pdf.
Luego, el juzgado al recibirla y despacharla podrá adjuntar al decreto, el documento ingresado e integrarlo al expediente electrónico para la prosecución del trámite.

Breve descripción del procedimiento y pantallas aplicables

Fuentes
Comisión Nacional de Gestión CSJN- Dirección General de Tecnología CMPJN

Noticias

Conforme el texto de la ley de la provincia de Buenos Aires nro. 12983 el jueves 16 de noviembre del corriente, se festejará el Día del empleado judicial en el ámbito bonaerense, con cese de actividad judicial para todos los fueros de la Provincia. La noticia ha sido publicada en el portal web de la SCBA. Más abajo se transcribe la ley antedicha.
Se encuentra disponible el servicio de solicitud de partidas en línea mediante un link directo al Registro de las Personas. Los pasos a seguir para completar el trámite y generación de la boleta para su pago. Partidas gratuitas y partidas pagas.
Ante reiteradas medidas de fuerza tomadas por la AJB, este Colegio exige que: se garantice el libre acceso a Tribunales, las Mesas de entradas permanezcan abiertas, funcionarios y jueces estén a disposición de letrados, se reciban todos los escritos y se tomen las audiencias. Protocolo por incumplimientos y cursos de acción.
La “Caratula de Presentación de Documentos Judiciales” implementada por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires acompañará a toda la documentación judicial proveniente de órganos jurisdiccionales de la Provincia, con exclusión de la que se refiera a servicios de publicidad y medidas cautelares: será obligatoria a partir del 3/7/17.
A disposición de los interesados los modelos de poder general y especial conforme lo normado por los arts. 284, 285, 363 y 1319 del Código Civil y Comercial (principio de libertad de formas) y los arts. 1015 y 1017 del mencionado Código (en cuanto a la no exigencia expresa de instrumento público para la acreditación del mandato para intervenir en juicio). Jurisprudencia.