03
Ago
2018

Contribución al proyecto de digitalización del expediente judicial

El Juzgado de Paz de Pilar ha publicado un aviso para los Colegas,advirtiéndoles que únicamente se deberá dar cumplimiento a lo establecido por el Ac.3886, art.4, par.3 (acompañar documentación en papel) en casos en que el Magistrado expresamente lo exija, siempre que la digitalización sea perfectamente legible.

Contribución al proyecto judicial de expediente digital

En el Juzgado de Paz de Pilar, se ha publicado un aviso que textualmente comunica:

Importante

Sres. Profesionales

Se comunica que con la finalidad de evitar un almacenamiento excesivo en este Juzgado de documentación en formato papel, y con sustento en el criterio adoptado y perspectiva revelada por el máximo Tribunal Provincial en el art.4 segundo párrafo del Reglamento para la Notificación por Medios electrónicos (Ac. 3845/17), en miras de contribuir al proyecto de digitalización del expediente judicial, UNICAMENTE SE DEBERÁ DAR CUMPLIMIENTO a lo normado por el art. 4 párrafo tercero del Anexo Único del Ac. 3886 de la SCBA –ACOMPAÑAMIENTO DE DOCUMENTACIÓN EN FORMATO PAPEL- en aquellos casos en que el magistrado expresamente lo exija SIEMPRE QUE LA DIGITALIZACIÓN DE LA MISMA SEA PERFECTAMENTE LEGIBLE, designándose a los letrados depositarios de la misma.

Noticias

Hacemos saber que las disposiciones adoptadas mediante la Ac.174/22 de la CFASM comenzarán a implementarse a partir del 1° de noviembre de 2023, cfr. registro 38/23.
Textos completos.
Destacados de la Acordada 174/22.
Hacemos saber que la SCBA a dispuesto a partir del 30/10/23 la gestión digital de libramiento de oficios judiciales entre la Administración de Justicia y IOMA a través del Sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas.
Novedad. La presentación de los recursos directos ante la CSJN se efectúa través de un nuevo módulo en la web del PJN y en la del propio Tribunal.
Dispuesta por la Ac. 25/23 es obligatoria desde el 5/10/23.
Detallamos el ámbito de aplicación, acceso y registro.
En primer término ponemos a disposición sendos videos explicativos de la CSJN.
Te contamos cuáles son los cambios en las retenciones del impuesto a las ganancias para los cobros derivados del ejercicio de las profesiones liberales, específicamente para los honorarios de los abogados y abogadas, que regirán para los pagos realizados a partir del 1/10/23. Agradecemos el dictamen de la Sra. Consejera Dra. Gisela Horisch Palacio.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional ha hecho saber que todos los magistrados, funcionarios y empleados deberán concurrir a sus ámbitos de trabajo. Excepción. Resolución completa del 5/10/23.