04
Mayo
2015

Convocatoria a Asamblea General ordinaria: 29 de mayo a las 8:00. Segunda convocatoria a las 9:00

De acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2014 al 31 de enero de 2015 de nuestro Colegio.

San Isidro, 10 de Marzo de 2015.- 
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA: La Secretaría informa que en el mes de mayo del corriente año se debe proceder a realizar la Asamblea General Ordinaria de acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2014 al 31 de enero de 2015 de nuestro Colegio.- En cuanto a la Convocatoria para la Asamblea, se propone por Secretaría que se fije como fecha la del 29 de mayo de 2015 a las 8.00 y 9.00 horas respectivamente (art. 40 Ley 5177 modif. Ley 12.277). En consecuencia se resuelve convocar a la Asamblea General Ordinaria a realizarse en la sede del Colegio, Martín y Omar 339 de San Isidro, el día 29 de mayo de 2015 a las 8.00 horas en primera convocatoria y a las 9.00 horas en segunda convocatoria, a fin de tratar el siguiente ORDEN DEL DIA: 1) Lectura y consideración de la Memoria del Colegio.- 2) Consideración del Balance y Cuadro de Resultados correspondiente al ejercicio entre el 1º de febrero de 2014 al 31 de enero de 2015.- 3) Aprobación del Presupuesto Anual de Ingresos y gastos para el período comprendido entre el 1º de febrero de 2015 al 31 de enero de 2016.- 4) Designación de dos colegiados para firmar el Acta de Asamblea.- Con testimonio de la presente resolución, fórmese expediente relativo a la Asamblea, publíquense edictos por un día en el diario “El Federal”.-

Dr. Juan Fermín Lahitte. Secretario. Colegio de Abogados de San Isidro

Noticias

Frente a los acontecimientos que han tomado estado público respecto a la investigación de hechos delictivos atribuidos a funcionarios y abogados del Departamento Judicial de San Isidro, el Consejo Directivo del Colegio comunica que acusará a los funcionarios y magistrados de la Administración de Justicia involucrados para el caso que así corresponda e incoará las acciones disciplinarias pertinentes.
Nota al fallo. Destitución de magistrados. Derecho al recurso. Ausencia de responsabilidad del Estado por violación de los derechos humanos del juez. El enjuiciamiento de los magistrados judiciales y el rol de los colegios de abogados. A propósito de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la causa “Rico, Eduardo vs. Argentina” por el Dr. Guillermo E. Sagués.
Con la participación de más de 1000 espectadores en simultáneo (Zoom + Facebook Live) y más de 7500 reproducciones, se desarrolló el 7/8/2020 la Jornada de Firma Digital y Ejercicio Profesional, organizada por Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires y el Colegio de Abogados de San Isidro, en la que estuvieron presentes los presidentes de los distintos Colegios Departamentales.
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires resolvió licenciar por el término de noventa (90) días al Agente Fiscal del Departamento Judicial San Isidro, Claudio Scapolán.
Los Colegios de Abogados que conforman el COLPROBA hemos sido habilitados para ofrecer a nuestros matriculados la posibilidad de trabajar con firma digital.