04
Mayo
2015

Convocatoria a Asamblea General ordinaria: 29 de mayo a las 8:00. Segunda convocatoria a las 9:00

De acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2014 al 31 de enero de 2015 de nuestro Colegio.

San Isidro, 10 de Marzo de 2015.- 
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA: La Secretaría informa que en el mes de mayo del corriente año se debe proceder a realizar la Asamblea General Ordinaria de acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2014 al 31 de enero de 2015 de nuestro Colegio.- En cuanto a la Convocatoria para la Asamblea, se propone por Secretaría que se fije como fecha la del 29 de mayo de 2015 a las 8.00 y 9.00 horas respectivamente (art. 40 Ley 5177 modif. Ley 12.277). En consecuencia se resuelve convocar a la Asamblea General Ordinaria a realizarse en la sede del Colegio, Martín y Omar 339 de San Isidro, el día 29 de mayo de 2015 a las 8.00 horas en primera convocatoria y a las 9.00 horas en segunda convocatoria, a fin de tratar el siguiente ORDEN DEL DIA: 1) Lectura y consideración de la Memoria del Colegio.- 2) Consideración del Balance y Cuadro de Resultados correspondiente al ejercicio entre el 1º de febrero de 2014 al 31 de enero de 2015.- 3) Aprobación del Presupuesto Anual de Ingresos y gastos para el período comprendido entre el 1º de febrero de 2015 al 31 de enero de 2016.- 4) Designación de dos colegiados para firmar el Acta de Asamblea.- Con testimonio de la presente resolución, fórmese expediente relativo a la Asamblea, publíquense edictos por un día en el diario “El Federal”.-

Dr. Juan Fermín Lahitte. Secretario. Colegio de Abogados de San Isidro

Noticias

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Ante la repercusión pública que ha tomado el fallo de la Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, en la causa “Tolosa, Mario s/ Recurso de Casación”, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, considera necesario señalar a la opinión pública y a los matriculados en general, su postura al respecto mediante la siguiente declaración.
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El 28 de abril al mediodía fue suscripto, en la sede de la Intendencia local, en el marco del Proyecto Piloto de Justicia Juvenil Restaurativa, el Convenio Marco de Cooperación entre la Municipalidad de San Isidro, la Universidad de Girona y el Colegio de Abogados de San Isidro.
Suspendida la aplicación de la resolución 479/14 para los abogados matriculados en la Provincia de Buenos Aires. Sentencias dictadas en razón de las acciones interpuestas por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires en relación a las medidas dictadas por la ANSES.Textos completos