25
Abr
2019

Convocatoria a Asamblea Gral. Ordinaria, 17 de mayo

Se comunica a los Sres. Matriculados que la Convocatoria a Asamblea Gral. Ordinaria se llevará a cabo el 17 de mayo del corriente en la sede de Martín y Omar 339, San Isidro. El primer llamado será a las 8:00 y el segundo a las 9:00. Detalles del Orden del día.

Colegio de Abogados de San Isidro
Convocatoria a Asamblea Gral. Ordinaria: viernes 17/5/19 
1° llamado 8:00 / 2° llamado 9:00

Orden del día
1) Lectura y consideración de la Memoria 2018 - 2019; 
2) Consideración del balance y cuadro de resultados del ejercicio comprendido entre el 1/2/18 al 31/1/19; 
3) Aprobación del presupuesto anual de ingresos y gastos para el período comprendido entre el 1/2/19 al 31/1/20.-
4) Designación de dos colegiados para firmar el Acta de Asamblea. -
Sede: Martín y Omar 339 – San Isidro – Prov. Bs. As. (4732-0303)

Memoria 2018/2019
Balance 1/2/18 al 31/1/19. Presupuesto anual 2019/2020

Noticias

Compartimos y adherimos a la Carta Abierta que en el día de la fecha el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos dirige a los Legisladores de la Nación Argentina, cuestionando el DNU 70/2023 y el régimen legal reglamentario de los DNU que implica una deformación de la cláusula constitucional y consuma una abdicación de potestades del propio Congreso que resulta inadmisible. Críticas sobre algunas cuestiones introducidas en el proyecto de ley “bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos” (mensaje 7/2023).

Desde el Colegio de Abogados de San Isidro hacemos saber que nuestros Institutos se encuentran abocados al estudio pormenorizado del DNU 70/23, sin perjuicio de la reserva sobre la constitucionalidad del mismo. El Consejo Directivo se encuentra en sesión permanente a los fines de la protección de las incumbencias de la abogacía y del análisis de la posible vulneración a la división de poderes.

* Nuevos dictámenes disponibles
El COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES cuestiona la utilización del decreto de necesidad y urgencia en desmedro del tratamiento legislativo como herramienta para regular temas de tan variada índole que afectan intereses en forma permanente para la ciudadanìa.
El Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, en lo que respecta a la jurisdicción notarial y administrativa normada, es una clara violación a las disposiciones contenidas en los arts.1, 16, 18, 29, 75 inc. 12, 108, 116 y 121 y concordantes de la Constitución Nacional. Nos adherimos y compartimos la Declaración de COLPROBA.
En un anochecer casi tropical despedimos el año junto a nuestras estimadas y apreciados colegas en el espléndido jardín del Colegio. Las imágenes dan cuenta del clima distendido y ameno del encuentro. Nos saludó la Presidenta del Colegio. Más detalles