14
Ago
2019

Convocatoria a Asamblea Gral. Ordinaria A.A.JU.C.A.S.I., 29/8/2019

La Comisión Directiva de la Asociación de Abogados Jubilados del Colegio de Abogados de San Isidro, convoca a sus asociados a la Asamblea Gral. Ordinaria, el 29/8/2019 (a las 17:30, 1ra. convocatoria. Una hora después, 2da. convocatoria). Será en Martín y Omar 339, San Isidro. Aula 7, 1° piso.

Convocatoria a Asamblea General Ordinaria A.A.JU.C.A.S.I.

La Comisión Directiva de la Asociación de Abogados Jubilados del Colegio de Abogados de San Isidro, con domicilio en Martín y Omar 339 de San Isidro, convoca a los Señores Asociados a la Asmblea General Ordinaria a celebrarse en la sede social el día 29 de agosto de 2019 a las 17:0 hs en primera convocatoria y una hora después en segunda convocatoria para considerar el siguiente orden del día:

1) Apertura del acto asambleario y declaración de su validez.

2) Designación de dos socios para suscribir el Acta conjuntamente con el Presidente y Secretario.

3) Consideración de la Memoria y Balance del ejercicio 2018/2019. Cuadro de Resultado e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas.

4) Aprobación de la Gestión desarrollada por la Comisión Directiva hasta la fecha.

Se recuerda a los Señores Socios que deberán tener el pago de la cuota social al día para la participación en el acto asambleario.

Comisión Directiva
Dr. Jorge Alberto Pesich. Secretario. Dr. Héctor Mario Weihmüller. Presidente

Documentación adjunta

 

Noticias

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El propósito del sistema de enjuiciamiento de magistrados, fruto del régimen constitucional nacional y provincial, no es el castigo al funcionario, sino la separación del magistrado que pueda haber incurrido en las faltas y delitos previstos por los arts. 20 y 21 de la ley 13661. La sociedad reclama volver a creer en el poder Judicial, por lo que es de nuestra incumbencia que el mismo vuelva a ser creíble.
El Presidente del Colegio, Dr. Santiago Quarneti, recibió hoy (19/11/21) al mediodía a la Presidenta del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de San Isidro, Dra. Paula Lorena Méndez, oportunidad en que trataron cuestiones de interés institucional.
Las decisiones judiciales deben fundarse en derecho y no cercenar nunca el correcto ejercicio de los mismos. Pero la titular del Juzg. Civ. y Comercial 12 de San Isidro, dispuso -en una sucesión- rechazar la prórroga de competencia territorial dentro de nuestra provincia pedida por un heredero mayor y hábil, en clara violación de lo dispuesto por el art. 1 del Cód.Procesal Civil y Comercial. Declaración.
Ante la deficitaria atención por retardo del Banco Provincia de Buenos Aires, Suc. Tribunales de San Isidro, el Presidente del Colegio será recibido en audiencia el viernes 22 de octubre del corriente, para exigir se proceda a una solución definitiva.