09
Mayo
2017

Declaración. Fallo de la CSJN. Norma del "2x1" y delitos de lesa humanidad

Ante el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que resolvió aplicar la norma procesal denominada “2 x 1” en una causa en la que existe condena por delitos de lesa humanidad, el Colegio de Abogados de San Isidro emite la siguiente declaración:

Declaración

Ante el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que resolvió aplicar la ley 24390, norma procesal denominada “2 x 1” en una causa en la que existe condena por delitos de lesa humanidad, el Colegio de Abogados de San Isidro declara:

1) El respeto a la independencia judicial no comprende limitación alguna para que las resoluciones de los jueces sean sometidas al escrutinio público y consecuentemente sujetas a críticas, como sucede respecto de los otros poderes del estado.

2) En ese sentido, advertimos con grave preocupación que la aplicación de la norma en cuestión -ya derogada hace muchos años respecto de delitos "comunes"- sea precisamente aplicada a casos en los que por tratarse de condenas por la comisión de delitos considerados de lesa humanidad no admiten la aplicación de instituciones reconocidas en el derecho penal común como la prescripción, generando una disminución concreta de las penas impuestas.

3) Señalamos asimismo, que los cambios de criterio de los Jueces en cuestiones idénticas son admitidos siempre con el imperativo recaudo de que se consignen las razones que los justifican en razón del mandato constitucional que ordena motivar adecuadamente sus resoluciones, circunstancia que no se verifica en el voto de la Jueza que integrara la mayoría.

4) La decisión omite considerar que los magistrados judiciales (y más aun los que integran las máximas instancias) están obligados a seguir con rigor el principio que ordena ponderar adecuadamente la previsibilidad de las consecuencias de sus decisiones en razón del impacto que ocasionan en el cuerpo social, y su repercusión en las instituciones básicas de la República según la conocida jurisprudencia de la propia Corte Suprema.

5) Finalmente, consideramos que con este fallo el Máximo Tribunal de la República en nada contribuye a mantener el prestigio conseguido por nuestro país en punto a sostener la Memoria, Verdad y Justicia, base de la paz social y garante del proceso democrático iniciado en 1983.
San Isidro, 9 de mayo de 2017.

  • Noticias relacionadas

INFOBAN | Política| Mayo 10 de 2017. El Colegio de Abogados de San Isidro opinó sobre el fallo de la Corte que admitió el 2x1 a represores

Noticias

La Fundación de Estudios Superiores Dr. Plácido Marín, Universidad de San Isidro y el Colegio de Abogados de San Isidro celebraron un Convenio de Práctica Profesional Supervisada, mediante la cual el alumno realiza actividades contempladas en los alcances del título y relacionadas con el medio real de desempeño de la profesión. Agradecemos a los Colegas que se ofrecieron como Estudios receptores. Convenio marco. Alcances.
Frente a la pantalla: video del programa Nro. 1 "Justicia & transparencia" del Canal SOMOS ZONA NORTE. El domingo 21/8 a las 21:30 fue entrevistado el Dr. Guillermo Sagués, quien abordó las principales temáticas relacionadas al Poder Judicial y el estado en general del funcionamiento del mismo. ~ Canal Local 02 (Cablevisión)/ Canal Local HD 603 (Cablevisión)~. La invitación es para todos los domingos a la misma hora
Ante la puesta en marcha de la ley 27260 en punto al denominado Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados y considerando la reglamentación dictada por el PEN, el Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, ha emitido una declaración.
El Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires declara su preocupación por la situación planteada en la Colegiación de Abogados frente al aumento de la Cuota Anual Obligatoria (CAO) dispuesto por la Caja de Previsión Social Para Abogados de la Provincia de Buenos Aires.
El Senado provincial aprobó ayer la media sanción de un proyecto de ley, que limita a solo dos mandatos consecutivos los cargos electivos en la provincia. A los jefes comunales en ejercicio y a quienes ocupen hoy una banca en la Legislatura, los concejos deliberantes y consejos escolares se les computará sus actuales mandatos como el primero.