14
Jul
2017

Declaración. Renuncia del Dr. Julio Novo

El Colegio hace saber a los matriculados y a la comunidad en general -en relación a la renuncia presentada por el Dr. Julio Novo- que: en cumplimiento del mandato impuesto por la ley 5177, observa con atención tanto el trámite judicial como la acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento, esperando se esclarezcan a la brevedad los hechos imputados.

Declaración. Renuncia del Dr. Julio Novo

El Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro hace saber a los matriculados y a la comunidad en general -en relación a la renuncia presentada por el Dr. Julio Novo- que: en cumplimiento del mandato impuesto por la ley 5177, observa con atención tanto el trámite judicial como la acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia de Buenos Aires, esperando se esclarezcan a la brevedad los hechos imputados a quien fuera la cabeza de la procuración en nuestro departamento judicial.

Ello, por el bien de las instituciones republicanas propias de un Estado de Derecho.

El Colegio de Abogados de San Isidro nunca relegó el mandato impuesto por la ley en orden a controlar el normal funcionamiento de la Administración de Justicia, destacando que dicha actividad debe desarrollarse en el marco del respeto de la competencia propia de las instituciones que tienen a su cargo la investigación de las acusaciones.

San Isidro, 14 de julio de 2017.

 

Noticias

La Federación Argentina de Colegios de Abogados, ante una publicación que ha emitido la Unión de Aseguradoras de Riesgo del Trabajo en donde se cuestiona la judicialización que se está dando en esa materia, en repudio ha emitido el 11 de noviembre, la siguiente declaración.
Declaran inconstitucional la ley que establece la composición del Consejo de la Magistratura. Así lo resolvió la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Fallo completo. Declaraciones del Presidente del Colegio: reportaje radial emitido hace unas horas (audio)
La Corte Suprema declaró en un fallo del 4-11-15 la inconstitucionalidad de la ley 27.145 que establecía el régimen de subrogaciones y fijó un régimen transitorio de designación de subrogantes. Declaró la inconstitucionalidad del reglamento de designaciones de subrogantes del Consejo de la Magistratura y de todas las listas de conjueces. Texto de la sentencia.
A las tres de la tarde del jueves 8 de octubre de 2015, los abogados de San Isidro -acompañados por sus pares locales y de otros Departamentos judiciales, autoridades y funcionarios del Poder judicial- entonaron el himno, dando inicio al festejo académico central del cincuentenario de la fundación del Colegio. Reconocimientos. Conferencias.
La pregunta acerca de qué ideología es incompatible para que un juez cumpla con sus funciones de un modo técnicamente aceptable no es fácil de contestar ni ha recibido una respuesta homogénea en todos los sistemas políticos, ni en todas las épocas. Con este planteo comenzó el catedrático Dr. Malem Seña la conferencia que fue seguida con sumo interés por la audiencia. Versión completa.