04
Dic
2016

Declaran inconstitucional el sistema arancelario de los mediadores en la provincia

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata, con fecha 23 de noviembre de 2016, con el voto de los Dres. Bermejo y Hankovitz declaró inconstitucional el régimen arancelario de los mediadores en la provincia de Buenos Aires.Tan trascendente decisión y sobre todos sus fundamentos motivan sin dudas a una profunda reflexión de todos los sectores interesados.

* La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata con el voto de los Dres. Bermejo y Hankovitz declaró inconstitucional el régimen arancelario de los  mediadores en la provincia de Buenos Aires.

Tan trascendente decisión,  y sobre todos sus fundamentos, motivan sin dudas a una profunda reflexión de todos los sectores interesados.

El Colegio de Abogados de San Isidro, que  cuenta con casi once mil matriculados activos,  hará su aporte en defensa del interés general (en cuanto ejerce una función pública irrenunciable), respecto a la facilitación del acceso a la justicia y los derechos de los abogados.

* L° de sentencias DEFINITIVAS N° LXXII Causa N° 120368; Juzgado en lo Civil Y Comercial Nº23 - La Plata. Cosentino Eduardo David C/ Cervan Carlos Diego S/Daños Y Perj.Autom. C/Les. O Muerte (Exc.Estado). REG. SENT.: 261 Sala II - FOLIO: 1620 REG. HON.: 114 Sala II – FOLIO: 129.
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Los trabajadores que envíen una comunicación laboral al empleador, podrán utilizar el servicio denominado "Telegramas laborales" a efectos de enviar la copia de la intimación a la AFIP, cfr. art. 11 de la ley 24013, desde ese organismo con clave 2 o por homebanking. Guía del procedimiento en 5 pasos.
Consulte y descargue la guía de los pasos a seguir desde que es concedida una medida cautelar electrónica hasta que su resultado se notifica al juzgado, por el Registro de la Propiedad. Más recursos ofrecidos por el Registro. Consultoría en tiempo real. Preguntas frecuentes.

Por Res. SC Nº 1017/20 la SCBA dispuso que a partir del 14 /10/2020 todos los organismos jurisdiccionales deberán librar por medios telemáticos, a través del SNPE las comunicaciones de resoluciones y pedidos de antecedentes penales con el Registro Nacional de Reincidencia. (Modelos aprobados)
La inscripción de deudores alimentarios morosos podrá ser efectuada, además de la forma prevista en el art. 15 del DR Nº 340/04, cuando haya sido ordenada mediante oficio judicial firmado digitalmente y sea posible verificar la firma del Juez o Secretario por los medios autorizados por la SCBA.
El jueves 24 de septiembre a las 14:00, se realizará un taller en vivo organizado desde la Subsecretaría de Informática, junto con la Secretaría de Política Criminal. Más información