30
Mayo
2013

Demanda el Colegio la inconstitucionalidad de la ley 26.855 -Consejo de la Magistratura-

El Colegio de Abogados San Isidro, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855.

El Colegio de Abogados San Isidro, a través de su presidente Dr. Antonio E. Carabio, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una  acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación,  a fin de que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855. Los autos se encuentran radicados en el Juzgado Federal en lo Civil de San Martín Nro. 1, Secretaría Nro. 1.
La demanda se  fundamenta en la flagrante transgresión del artículo 114 de la Constitución Nacional para la composición y funcionamiento del Consejo de la Magistratura y vulneración concreta del derecho constitucional de los “abogados de la matrícula federal” de participar, mediante una representación genuina, en la composición del Consejo de la Magistratura.

Se argumenta que la normativa impugnada contraría esencialmente las notas de “equilibrio” y “representación” previstas por el constituyente, en tanto, se dispone la elección popular mediante sufragio universal de los consejeros abogados (a quienes se le requiere la postulación dentro de la lista partidaria de una agrupación política), lo cual destruye la representatividad estamental puesta en cabeza de los “…los abogados de la matrícula federal…” que ya no podrán elegir más a sus representantes dentro de su propio estamento.
Asimismo, se considera que se violenta la noción de equilibrio prevista en el artículo 114 de la CN hasta el extremo de su total desconocimiento, al suprimirse el contrapeso de los estamentos no políticos cuyos representantes ahora deberán oficializar sus candidaturas a través de partidos políticos y participar en elecciones generales donde serán elegidos por el pueblo por medio de sufragio universal.

Con la Ley de Reforma ha quedado en pie un sólo estamento, ahora hegemónico dentro del Consejo, que es el que deriva de “…la elección popular…”. Todo ello, en absoluta contradicción con el artículo 114 de la CN cuya inclusión por el constituyente en 1994 tuvo por fin limitar la actuación del órgano político y fortalecer la independencia judicial.
Se peticiona, además, se decrete en forma urgente una medida cautelar por la cual suspenda el llamado a elecciones para representantes del estamento de abogados en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias previstas para el próximo 11 de agosto de 2013 y, por ende, la constitución del nuevo Consejo de la Magistratura, hasta tanto se resuelva en definitiva en el presente contradictorio. A tal fin, se declare la inconstitucionalidad de los artículos 4, 5, 6 inc. 1, 10 y 13 inc. 3 de la Ley 26.854 que restringen la posibilidad de obtener medidas cautelares en juicios contra el Estado Nacional.
En el supuesto de que se constituya la Cámara Federal de Casación en lo Contencioso Administrativo Federal contemplada en los artículos 1º y 2º de la Ley 26.853, se solicita también que se declare la inconstitucionalidad de esta última norma, y se suspenda la constitución de la aludida cámara hasta tanto dicho planteo quede resuelto en forma definitiva.

Texto completo de la demanda interpuesta (versión Word) (versión pdf)

 

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Recordatorio. Colegas: En caso de habérsele impuesto una sanción sin el debido proceso puede optar por dar a conocer a la Comisión de Defensa del Abogado -en el menor tiempo posible- para iniciar las actuaciones que correspondan.
La aplicación de cualquier sanción a Abogadas y Abogados de la matrícula, resultan nulificables si no se ha escuchado previamente a quien se le imputa una falta pasible de ser sancionada y no se le han respetado las garantías del debido proceso que implica necesariamente asegurar su derecho de defensa y el juzgamiento por parte de un órgano judicial competente, independiente e imparcial.
Las XIII Jornadas Nacionales de Abogadas de FACA "Defender y juzgar con perspectiva de género" se llevaron a cabo en nuestro Colegio el 19 y 20/9/2024, encabezadas por la Presidenta de la FACA, Dra. Mariel Margarita Tschieder y la Presidenta de la Comisión de los Derechos de la Mujer-FACA- Dra. María Elena Barbagelata. Nuestro agradecimiento por haber sido distinguido el CASI como anfitrión, honrado con la participación de destacadas expositoras y acompañados por muy atenta y numerosa concurrencia.
Apertura a cargo de la Presidenta del Colegio, Dra. Guillermina Soria. Palabras de la delegada del CASI ante FACA, Dra. Silvia Pedretta y las de clausura por la Directora del Instituto de los derechos de las Mujeres local, Dra. Susana Villegas.
* Galería de fotos de las jornadas.
El 12/9/24, celebramos una exitosa reunión de la Mesa Directiva de la Federación Argentina de Colegios de Abogados y el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, en la sede del Colegio de Abogados de Bahía Blanca.
La presidenta del CASI, Dra. Guillermina Soria  participó el 12 de septiembre del corriente, de las actividades llevadas a cabo en el Colegio de Abogados de Bahía Blanca. Reunión de Colproba. Conferencia del Dr. Horacio Rosatti. Conversaciones con el Dr. Daniel F. Soria.
La Presidenta del Colegio saludó a sus colegas e invitó a: "...comprometernos a ser los primeros en defender los principios que postulamos, pero también a continuar luchando por un sistema que garantice los derechos de todos y que nos incluya a todos. Cuanto mayor sea la diversidad, no tengan dudas, mayor será nuestra libertad.”
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