26
Dic
2018

Denunciaron a los Jueces de la Sala I, Cámara II Civil y Com. y Flia. de La Plata

(Ley 14967) Se hace saber que el martes 18 de diciembre del corriente año, fue presentada ante la Secretaría del Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia de Buenos Aires, una denuncia contra los titulares de la Sala Primera de la Cámara Segunda de Apelación en lo Civil, Comercial y del Fuero de Familia del Departamento Judicial de La Plata.

Informe

Denunciaron a los Jueces de la Sala I, Cam.II Civ. Com. y Flia. de La Plata

Se hace saber  que el martes 18 de diciembre  próximo pasado, se ha presentado ante la Secretaría del Jurado de Enjuiciamiento la denuncia contra los Dres. Jaime Oscar López Muro y Ricardo Daniel Sosa Aubone, ambos Jueces de la Sala Primera de la Cámara Segunda de Apelación en lo Civil y Comercial y del Fuero de Familia del Departamento Judicial La Plata.
 
Ello en virtud de lo resuelto por unanimidad  por el Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, con motivo del fallo dictado en los autos caratulados: “S. P. N. Y OTRO/A S/ DIVORCIO POR PRESENTACION CONJUNTA” (causa: 123674), por el cual se resolviera declarar la inconstitucionalidad de la última parte del art. 16 de la ley 14967 de honorarios profesionales.
Fuentes
COLPROBA

Noticias

Invitamos a los colegas a festejar en la sede colonial del Colegio, Martín y Omar 339, el día del Abogado el viernes 30 de agosto de 2013. El programa previsto comienza con una celebración a las diez de la mañana en la Catedral de San Isidro. Tarjetas en venta desde el 8 de agosto. Los esperamos.
El jueves 7 de junio del corriente, el Sr. Juez Federal a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo nro.1 de San Martín, Dr. Carlos Alberto Papavero quien conoce en la demanda promovida por el Colegio (y por derecho propio, su Presidente) contra la aplicación de la ley 26855, dio a conocer su fallo.
El Colegio de Abogados San Isidro, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855.
El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.
De acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2012 al 31 de enero de 2013 de nuestro Colegio.